Las comisiones de Constitución y de Justicia aprobaron hoy, en sesión conjunta, el dictamen que incorpora en el Código Penal el delito de financiamiento prohibido de organizaciones políticas, como parte de la reforma polìtica.
El artículo 359-A incluido define este delito como “el que, de manera directa o indirecta, solicita, acepta, entrega o recibe aportes, donaciones, contribuciones o cualquier otro tipo de beneficio proveniente de fuente de financiamiento legalmente prohibida, conociendo o debiendo conocer su origen, en beneficio de una organización política o alianza electoral, registradas o en proceso de registro”. More