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  • Comentarios a la Ley General de Sociedades
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    Presentación del libro «Comentarios a la Ley General de Sociedades»

    La cátedra de Derecho Comercial del profesor Cesar Eusebio Ramos Padilla y el Taller de Derecho Empresarial «Ulises Montoya Manfredi» se complacen en presentar a toda la comunidad académica, la obra colectiva titulada “Comentarios a la Ley General de Sociedades”. Esta entrega se caracteriza por el extraordinario valor académico de su contenido, el cual es […] More

  • CTS
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    Regulan posible retención de CTS en caso de despido

    A tono con la legislación vigente, las empresas tienen la posibilidad de retener la compensación por tiempo de servicios (CTS) de los trabajadores que hayan sido despedidos por cometer actos que hayan originado un perjuicio económico al empleador.

    De acuerdo con el artículo 51 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de CTS, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-97-TR, si el trabajador es despedido por esa falta grave, el empleador deberá notificar a la entidad financiera depositaria del beneficio para que la CTS y sus intereses queden retenidos por el monto que corresponda en custodia por el depositario a las resultas del juicio que promueva el empleador.Pero si el empleador tiene la calidad de depositario del beneficio, este deberá efectuar directamente la retención al margen del proceso judicial que promueva. More

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    SUNEDU: Requisitos para obtener el bachillerato, maestría y doctorado

    A propósito de que faltan menos de dos meses para que concluya el segundo semestre académico en las universidades públicas y privadas del país, la Sunedu recordó los requisitos que se deben cumplir para acceder a los diversos grados. En ese sentido, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria detalló que esos requisitos no serán aplicables para los alumnos que iniciaron sus clases durante los periodos académicos 2004-II, 2015-I y 2015-II. More

  • Diversidad académica cuota de género María Elena Guerra-Cerrón
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    ¿Diversidad académica o cuota de género?

    Por María Elena Guerra-Cerrón 
    Docente. 

    Particularmente no me agrada el término “cuota de género”; prefiero el de diversidad académica. Diversidad significa variedad, desemejanza, o diferencia, y es la característica natural de una sociedad en la que conviven personas distintas y singulares. Desde un punto de vista técnico, la diversidad sería un escenario construido -en el que se reconocen y respetan las diferencias de las personas- a partir del cual se establecen objetivos y se diseñan políticas o estrategias. La igualdad no es precisamente el objetivo de la diversidad, pero en modo alguno se fomenta la desigualdad o la discriminación. De lo que se trata es de aceptar y valorar las diferencias, para promover el acceso a oportunidades de desarrollo con un efecto positivo individual y también colectivo. Mantener la diversidad es bueno, pero aumentarla puede ser mejor. More

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