Día Mundial de la Justicia Social

Por: Cesar Puntriano 
(Socio del Estudio Muñiz). 

El 26 de noviembre del 2007, la Asamblea General de la ONU decidió declarar que, a partir de su 63° período de sesiones, el 20 de febrero de cada año se celebraría el Día Mundial de la Justicia Social. El tema para este 2020 es “cerrar la brecha de las desigualdades para lograr la justicia social”.

Como lo señala la ONU, la justicia social es un principio fundamental para la convivencia pacífica y próspera, dentro los países y entre ellos. Los principios de justicia social se defienden al promover la igualdad de género, o los derechos de los pueblos indígenas y los migrantes, eliminando las barreras que enfrentan las personas debido al género, la edad, la raza, la etnia, la religión, la cultura o la discapacidad.

En el 2008, la OIT adoptó una declaración sobre justicia social para una globalización equitativa, fijando cuatro objetivos estratégicos para plasmar su Programa de Trabajo Decente, como son: promover el empleo creando un entorno institucional y económico sostenible, adoptar y ampliar medidas de protección social –seguridad social y protección de los trabajadores– que sean sostenibles y estén adaptadas a las circunstancias nacionales, promover el diálogo social, entre otros. Este ha sido ratificado y ampliado en la declaración del Centenario de la OIT para el futuro del trabajo, adoptada el año pasado, en la cual exhorta a sus miembros, entre ellos el Perú, a poner a la persona como centro de sus políticas económicas, sociales y ambientales.

La justicia social, como vimos, supone la igualdad de género, el respeto a los derechos de los grupos indígenas, migrantes, eliminar la discriminación por edad, raza, etnia, religión, cultura o discapacidad. En el país contamos con legislación que prohíbe la discriminación en todo ámbito, pero lamentablemente no se cumple a cabalidad.

Tenemos un marco normativo (Ley N° 30709) que exige a las empresas objetivar sus políticas salariales, permitiendo diferencias salariales pero basadas en razones objetivas como la antigüedad, el desempeño laboral, la especialización, entre otros factores, pero en ningún caso en razón a la maternidad, paternidad o el género. ¿Cómo generar una cultura de cumplimiento? La respuesta no es, a nuestro entender, imponiendo multas. Si bien es fundamental fiscalizar el cumplimiento legal, lo más importante es difundir los beneficios que genera en las empresas la fijación de criterios de equidad al retribuir a su personal.

La mayor productividad asociada a la fidelización del personal es uno de ellos. Veamos los aspectos positivos de cada medida. Y no olvidemos tampoco el cuidado del planeta, como lo recuerda la OIT, la creación de puestos de trabajo decentes va de la mano con políticas ambientales sostenibles y ello asegura nuestro futuro y el de nuestros hijos.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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