Y ahora qué hacemos con el colegio

Por: Jose Yataco Arias
(Abogado. Socio de Yataco Arias Abogados).

En las últimas semanas como consecuencia del Estado de Emergencia que estamos viviendo una de las primeras medidas adoptadas por el Gobierno fue por la suspensión de las clases escolares a nivel nacional tanto en el sector público como en el ámbito privado.

Si bien el Gobierno ha implementado algunas medidas para la continuación de la educación escolar, y esto también aplica a los colegios privados. Aún se ha mantenido a la sombra del inicio de las clases escolares, el problema de cómo afrontar el pago de las pensiones ya que definitivamente el aislamiento social perjudica a todos los padres de familia al momento de asumir sus compromisos económicos pactados.

Pero que nos dice la norma al respecto. ¿Es posible renunciar a este compromiso de pago o reprogramarlo? Para ello debemos dirigirnos al Código de protección y defensa del consumidor en cuyo literal b del numeral 74.1 del artículo 74 refiere que atendiendo a la especialidad de los productos y servicios educativos, el consumidor tiene derecho esencialmente a que se le cobre la contraprestación económica correspondiente a la prestación de un servicio efectivamente prestado por el proveedor de servicios educativos.

En otras palabras, lo que la norma nos indica es que el Colegio Privado debe brindar efectivamente el servicio, tal y como lo tenga contemplado en su contrato, lo cual sería brindar las clases de manera presencial cubriendo todas las horas lectivas.

Por otro lado, la implementación del uso de la tecnología para la prestación de las clases si podría considerarse como un servicio efectivamente prestado por el colegio, pero no en su totalidad; ya que debemos considerar las horas lectivas que presencialmente deben brindarse, lo que nos lleva a buscar un consenso entre los padres de familia y el colegio privado, uno que sea justo y equitativo, que busque el beneficio de ambas partes, ya que en este momento debe primar la comprensión por ambos lados. No podemos abusar uno del otro. Sino adaptarnos a las circunstancias que permitan a ambas partes enfrentar las consecuencias económicas de mantenernos aislados pero todo con un propósito común: vencer esta pandemia.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Fuero Militar Policial investiga a director de Administración de la PNP por presunto delito de función

Corte Suprema califica recursos de casación mediante audiencia virtual con Google Hangouts Meet