III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 2019-2022 (D.S. N° 015-2019-TR)

III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 2019-2022

Por César Puntriano Rosas 
Socio del Estudio Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados. 

Este plan contiene indicadores de trabajo forzoso como el engaño, abuso de vulnerabilidad, restricción de movimiento. aislamiento, violencia física y/o sexual, intimidación y amenazas, retención de documentos de identidad, servidumbre por deudas, condiciones de trabajo abusivas. tiempo extra excesivo. Desde luego, estos indicios deben evaluarse en cada situación concreta.

Lo interesante de este plan es que no se limita a diagnosticar la realidad nacional sino que propone estrategias que cuentan con líneas de acción hacia el objetivo general de disminuir la presencia del trabajo forzoso en el país. Para ello se busca desarrollar una adecuada capacidad de respuesta institucional del Estado para prevenir y erradicar este mal, así como reducir la tolerancia de la población frente al mismo.

Este es el tercer plan sobre lucha contra el trabajo forzoso y los anteriores también planteaban ejes y lineamientos que confluían hacia objetivos similares. Esperamos que las buenas intenciones se cristalicen.

Fuente: BITÁCORA JURÍDICA – El Peruano

DECRETO SUPREMO N° 015-2019-TR by Peruweek.pe on Scribd

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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