El ecosistema regulatorio de las Sociedades BIC

Alfonso Accinelli

Por: Alfonso Accinelli, director de Innovación de Produce 

Para alcanzar los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados por el Estado peruano, se requiere no solo del trabajo del gobierno, sino de la academia, la sociedad civil y el sector privado. Un ecosistema es precisamente eso: un conjunto de diferentes actores, relaciones y recursos que interactúan para lograr un objetivo; donde el impacto que pueda tener cada uno está mediado por los demás. Siendo los ODS desafíos complejos, se requiere de un enfoque de ecosistema para poder hacerles frente de forma exitosa.

En particular, el sector privado es un actor fundamental para alcanzar los ODS por su efecto en la economía, el trabajo, el ambiente y la sociedad en general. Así, resulta esencial impulsar a las empresas con propósito, que son empresas que buscan tener no solo un impacto económico sino también social y ambiental en beneficio de todos. El primer paso para contar con un ecosistema que promueva a las empresas con propósito es establecer un marco regulatorio adecuado.

Condiciones habilitantes

El Estado peruano puede y debe plantear los mecanismos por los cuales se alcancen los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La magnitud de estos desafíos requiere de soluciones que vayan más allá de atender fallas de mercado. Se requiere de un Estado que plantee una dirección en el desarrollo del país, usando las herramientas a su disposición como la regulación y promoción de mercados.

Así, luego de un trabajo de años promovida por el Congreso de la República con amplia participación del sector privado, sociedad civil y academia, se aprobó la Ley N° 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) en noviembre del 2020. Esta norma establece el marco jurídico regulatorio para las Sociedades BIC en el Perú que nos permite avanzar hacia el cumplimiento de los ODS.

En ese sentido, se plantea la creación de la Sociedad BIC como una categoría societaria que permite integrar tanto el objetivo de generación de rentas y utilidades, como las actividades destinadas a la consecución de uno o varios propósitos de beneficio e interés colectivo, generando un triple impacto: económico, social y ambiental. Estas empresas con propósito también realizan prácticas de transparencia de información.

La cercana colaboración entre el Estado y los diferentes actores de la sociedad se mantuvo para la elaboración y aprobación de los siguientes documentos normativos a cargo del Ministerio de la Producción. Por ejemplo, para elaborar el Reglamento de la Ley N° 31072 (DS N°04- 2021-PRODUCE) y los Lineamientos para la elaboración del Plan Estratégico y del Informe de Gestión de las Sociedades BIC (RM N°127-2021-PRODUCE), se contaron con espacios de diálogo y consulta y con la prepublicación de los mismos para recabar la mayor cantidad de comentarios posibles. Esto ha permitido contar con una regulación que ha recogido las necesidades y expectativas de los diferentes actores involucrados.

Las Sociedades BIC deben contar con Plan Estratégico y un Informe de Gestión. El primero de ellos es elaborado por la misma Sociedad, mientras que el segundo es elaborado por una organización externa. El Informe de Gestión debe ser presentado a los socios y/o accionistas, así como publicados en el portal web u otro medio electrónico similar de la Sociedad, permitiendo a todos conocer sobre los avances de la empresa en la consecución de su propósito.

Este año también se han aprobado las normas que permiten hacer efectivo el registro de las Sociedades BIC, a través de la “Directiva que regula la calificación de los actos inscribibles de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo”, aprobada por la Sunarp; y la pérdida de categoría, a través de la “Directiva que regula la aplicación de la medida correctiva de pérdida de la categoría societaria a la que se refiere la Ley N° 31072 y su Reglamento”, aprobada por el Indecopi.

Fortaleciendo el ecosistema

Como se había mencionado, no basta con las condiciones habilitantes para impulsar a las Sociedades BIC, sino de todo un ecosistema que les permita desarrollarse.

Por ello, en mayo del 2021, el Ministerio de la Producción crea el “Grupo de trabajo para la dinamización del ecosistema de las Sociedades BIC” como un espacio multisectorial con el objetivo de la promoción y fortalecimiento del ecosistema de las Sociedades BIC en el Perú, articulando oportunidades estratégicas para el empresariado nacional con el fin de lograr rentabilidad financiera e impacto social y ambiental, en contribución con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

El Grupo de Trabajo tiene un periodo de vigencia de un año, contado a partir de su instalación, y ha aprobado una agenda de trabajo conjunta en julio del 2021. La agenda busca realizar actividades de difusión sobre las Sociedades BIC, capacitar a los actores relevantes para que puedan adquirir la categoría de Sociedad BIC para tener un mayor impacto y generar incentivos para que más empresas adquieran y mantengan la categoría de Sociedad BIC.

El dato

Para un mayor acceso a la información sobre las Sociedades BIC, los interesados pueden ingresar al link: https:// sociedadesbic.produce.gob.pe, de forma que cada vez sean más las personas trabajando por un Perú sostenible, inclusivo e innovador.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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