
Por: Hugo Jorge Espinoza Rivera (Magíster en Derecho Civil y Comercial. Director técnico Registral de la Sunarp) No cabe duda de que la aprobación y publicación de la Ley Nº 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (en adelante, sociedad BIC), ha significado un importante avance para promover una nueva forma…

Por: Rossana Rodríguez Ruiz, socia de García Sayán Abogados, con especialidad en Derecho Tributario y Minero. La deducción de los gastos empresariales está sujeto al principio de causalidad. Los gastos que realicen las sociedades BIC, como cualquier otra empresa, deben observar este principio, por medio del cual los desembolsos que realicen deben ser necesarios…

Por: Juan Diego Mujica Filippi, Jefe de Responsabilidad Corporativa del Centro de Sostenibilidad – Universidad de Lima Desde hace una década, el espacio iberoamericano se ha consolidado como un terreno fértil para el surgimiento de modelos de actividad empresarial cuyos objetivos no son únicamente la generación de beneficios económicos para sus accionistas.

Por: María Elena Guerra-Cerrón, docente UNMSM y de la Universidad de Lima Al adoptar el modelo de negocio de Beneficio e Interés Colectivo, las empresas deben proyectarse en el marco del cumplimiento de una gestión ambientalmente sostenible.

Por: Alfonso Accinelli, director de Innovación de Produce Para alcanzar los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados por el Estado peruano, se requiere no solo del trabajo del gobierno, sino de la academia, la sociedad civil y el sector privado. Un ecosistema es precisamente eso: un conjunto de diferentes actores, relaciones y recursos…

El “Grupo de Trabajo para la dinamización del ecosistema de las Sociedades BIC en el Perú”, del Ministerio de la Producción (Produce), ha aprobado recientemente su agenda de trabajo, el cual se enfocará en tres categorías: «Incentivos», «Capacitación» y «Difusión», de las cuales se despliegan diversas actividades que se desarrollarán los próximos meses.

Los recientes cambios normativos publicados para el funcionamiento empresarial están destinados a facilitar a las compañías hacer giros, afines o complementarios a su objeto social, con una simple declaración jurada a la municipalidad que otorgó la licencia de funcionamiento. Esto último sin necesidad de nuevos trámites notariales y registrales.