
La fiscal superior del Callao y docente universitaria, María Elena Guerra Cerrón, expresó que no es necesaria una modificación expresa del Código Procesal Civil para incorporar el sistema de la oralidad en los procesos judiciales de esta especialidad.

La implementación de la oralidad en la justicia civil es un instrumento para que el magistrado pueda internalizar los hechos que las partes proponen y sea una oportunidad para que él pueda avanzar en la indagación de la verdad, que es la razón de ser para la decisión judicial final.

Un proyecto de reforma del Código Procesal Civil presentará el Poder Ejecutivo ante el nuevo Congreso de la República, que buscará, entre otros, dar sustento de legalidad a la incorporación de la oralidad en el sistema de administración de justicia en el país.

Un llamado a los magistrados de la especialidad civil de las 34 cortes superiores del país que participan en el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil a apostar por la oralidad para lograr más transparencia y celeridad en los procesos judiciales efectuó el juez supremo Héctor Lama More.

En la tercería de propiedad prima el derecho acreditado con documento de fecha cierta más antiguo. En materia tributaria, frente al derecho de la entidad recaudadora embargante prevalece el derecho de propiedad acreditado con documento de fecha cierta siempre que este sea más antiguo al embargo efectuado. Este constituye el principal lineamiento jurisprudencial que…

Debe considerarse que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 392 del Código adjetivo, los requisitos de procedencia de este recurso extraordinario son concurrentes; en consecuencia, el incumplimiento de cualquiera de ellos da lugar a la improcedencia.

La modificación de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva será evaluada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, a partir del proyecto de ley presentado por el Poder Judicial (PJ) que modifica esa norma para que los procesos de revisión de procedimientos de ejecución coactiva no sean…

Competencia del juez por razón del territorio. El artículo 17 del Código Procesal Civil establece que “si se demanda a una persona jurídica, es competente el juez del domicilio en donde tiene su sede principal, salvo disposición legal en contrario”. Asimismo, el artículo 33 del mencionado Código indica que “es competente para dictar medida…

La judicatura dispuso la creación de una comisión nacional responsable de la implementación, supervisión y monitoreo de la oralidad en los procesos civiles.

¿Es el desalojo notarial constitucional? ¿Qué problemas prácticos trae consigo? Renzo Cavani, profesor de la PUCP, responde a estas interrogantes.