En una entrevista al programa Plataforma Judicial, el catedrático de Derecho Civil, Fort Ninamancco Córdova conversó acerca de los procesos por desalojo. Esta acción judicial es para recuperar la tenencia de un inmueble arrendado, de manera que el demandado debe demostrar el derecho de posesión sobre el bien en litigio.
Ninamancco Córdova indicó que la demanda por desalojo contra un “ocupante precario” ante las instancias judiciales correspondientes la puede plantear cualquier persona que tenga el derecho por alguna norma legal de poseer el bien.
Para Córdova, el ocupante precario es como una persona natural o jurídica que tenga en su control un bien, pero sin un título, norma legal, contrato o acto jurídico que respalde su posesión.
Por parte del demandado, aunque alegue que vive muchos años en un predio o haya realizado trabajos de construcción allí, no podría adquirir el bien por prescripción (modo de adquirir un dominio por posesión a título de dueño, continuada por el tiempo fijado en la ley) “al no haberse comportado como el dueño durante diez años seguidos”.
El catedrático de Derecho Civil señaló que si alguien ha firmado un contrato de cualquier naturaleza, o pagado rentas, incluso a medias, no tuvo un comportamiento de dueño, por lo que no podría alegar prescripción debido a que las normas protegen más al arrendador. Además, explicó sobre el proceso sumarísimo de desalojo y el desalojo extrajudicial.
“Consiste en la presentación de una demanda, previa invitación a conciliar, que, de ser admitida y luego de una audiencia única, el juez emite una decisión que puede ser apelada ante una sala superior y luego, eventualmente, ante la Corte Suprema”, dijo Ninamancco Córdova.
“En tanto, un desalojo extrajudicial es la recuperación de la posesión, sin autorización judicial, en un plazo de quince días luego de la toma de conocimiento de la supuesta usurpación” agregó.
El especialista aclaró que, pasado ese tiempo, las únicas herramientas posibles son los recursos judiciales y el proceso con su correspondiente debate probatorio.
Por último, Ninamancco Córdova solicitó al Congreso reformar el Código Procesal Civil para que cuando el proceso por desalojo concluya en primera instancia puedan tramitarse las apelaciones, pero sin efecto suspensivo de lo resuelto, lo que permitiría no alargar más estos casos.
Plataforma Judicial
Debe manifestarse que Plataforma Judicial es un programa de entrevistas conducido por la periodista Miriam Mancilla de la Gerencia de Imagen y Comunicaciones del Poder Judicial.
El objetivo es orientar y absolver las dudas de la ciudadanía sobre cómo proceder en casos referidos a la pensión de alimentos, violencia familiar, inquilinos morosos, entre otros temas.
Fuente: El Peruano