Notarios solicitan mayores competencias en asuntos no contenciosos

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NOTARIOS SOLICITAN MAYORES COMPETENCIAS EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS AL PARLAMENTO PARA DESCONGESTIONAR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL PAÍS Y DAR CELERIDAD A LOS PROCESOS

EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LIMA SOLICITÓ AL PARLAMENTO NACIONAL AMPLIAR LOS ALCANCES DE LA LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS.

Solicitan atribuciones suficientes para atender procesos referidos a LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES con la finalidad de cautelar su titularidad, los cuales podrían verse perjudicados con la espera de un largo proceso judicial.
LA INTERDICCIÓN  DE INCAPACES MAYORES DE EDAD que tienen requerimientos personales que deben ser atendidos rápidamente por sus familiares o cuidadores y que necesitan de la verificación de su condición con las formalidades que la ley establece para cautelar sus intereses.

Además, la autorización para disponer derechos de incapaces que tienen necesidades económicas destinadas precisamente a atender su particular situación de salud; y que en muchos casos progresa en gravedad con el consiguiente requerimiento de recursos para su atención.

“En estos casos, los procesos en el Poder Judicial pueden llegar tarde para atender una urgencia de salud que pueda comprometer gravemente la salud e integridad de la persona declarada incapaz”, señala la exposición de motivos de esta iniciativa legal.

Desapariciones

La entidad notarial requiere igualmente facultades para atender LOS CASOS DE DECLARACIÓN DE DESAPARICIÓN, AUSENCIA O MUERTE PRESUNTA, a fin de que los familiares o deudos de los desaparecidos puedan acceder a los beneficios que la ley les depara provisoriamente, sin tener que acudir a un proceso en vía judicial que podría tomar un largo tiempo.

“Aquí se incluye a los familiares de personas que desaparecen en situaciones trágicas o de violencia, como accidentes o hechos militares o policiales, y que requieren activar a la brevedad los derechos que la ley les confiere hasta que aparezca el ausente o finalmente se declare su muerte presunta”.

Otro proceso sería EL OFRECIMIENTO DE PAGO Y CONSIGNACIÓN; por su simplicidad y sencillez, la vía notarial resulta la más idónea para conducirlo.

En estos casos, en su mayoría, se refieren al grupo de alimentistas que muchas veces son perjudicados por acciones ajenas a su voluntad en el Poder Judicial y que deben esperar la tramitación regular de los procedimientos judiciales, refiere el proyecto.

Por último, está LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ASOCIADOS DE ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO, que constituye un asunto común en nuestra sociedad y que de modo recurrente es requerida para solucionar aspectos de formalización de la situación de diversas asociaciones civiles sin fines de lucro.
En todos los casos, la propuesta señala que, de surgir oposición, el caso será remitido al Poder Judicial.

POLÍTICA DE DESJUDICIALIZACIÓN

POR LA LEY Nº 26662, DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, HOY SE ATIENDEN EN VÍA NOTARIAL:

Sucesiones intestadas, rectificación de partidas, adopción de personas capaces, inventario de bienes, constitución del patrimonio familiar, prescripción adquisitiva de dominio, divorcio, reconocimiento de uniones de hecho, rectificación de linderos, apertura de testamentos, entre otros.

BALANCE

El Colegio de Notarios de Lima justifica su propuesta legal en los resultados obtenidos en 18 años de vigencia de la Ley Nº 26662.
El gremio afirma que ha sido ampliamente utilizado por la ciudadanía para obtener los efectos jurídicos requeridos, con prioridad en la celeridad.
De igual modo, señala, coadyuvó a la descongestión del Poder Judicial, que se encuentra, a la fecha, con una alta carga procesal.
Ante estos resultados, el Colegio de Notarios de Lima solicita modificar los alcances de la Ley Nº 266662.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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