
La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) aprobó el reglamento para la prestación del servicio público de transporte especial en la modalidad de taxi, que establece las condiciones de acceso, requisitos, títulos habilitantes y obligaciones, entre otros, para brindar dicho servicio.

La Autoridad de Transporte Urbano (ATU) dispuso que los conductores que presten el servicio de traslados en taxis deberán contar con una autorización para brindar el servicio en Lima y Callao, esto durante la cuarentena decretada por el Gobierno.

Los prestadores del servicio de taxi podrán utilizar a partir de mañana el asiento del copiloto. Es decir, podrán trasladar hasta tres pasajeros en cada servicio: dos en la parte posterior del vehículo y uno al lado del conductor. Ello deberá hacerse respetando las disposiciones sanitarias para prevenir la propagación de la Covid-19.

Una nueva resolución del Tribunal de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi indicó que Uber es una empresa de tecnología y no de transporte, dedicado a la intermediación de usuarios con movilidades privadas, lo cual Indecopi califica como algo distinto al servicio de taxi.

Los conductores que presten el servicio de transporte especial de taxi en Lima y Callao durante los domingos de inmovilización social obligatoria decretados por el Ejecutivo para evitar la propagación del COVID-19 deben tener la habilitación vehicular y la credencial de conductor.

Las movilidades escolares contarán con acompañantes que cumplirán la función de velar por la seguridad de niños y niñas usuarios del servicio, y evitar que sea la persona que conduce el vehículo quien lo asuma, anunciaron voceros de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao (ATU).

El bloqueo de aplicativos para taxi en motos lineales salvaguarda el derecho a la vida de los ciudadanos y no limita el derecho a la libertad de expresión ni el funcionamiento del internet, informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).v

Taxis por aplicativos en la mira. La Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima solicitó al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) adoptar las acciones administrativas preventivas y/o sancionadoras pertinentes para prohibir la intermediación del servicio de taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores…

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó este jueves el Decreto Supremo Nº 035-2019-MTC que busca erradicar el servicio de transporte en motocicletas y motos con sidecar (vehículo de una rueda enganchado al costado de una motocicleta). Según la disposición aplica para la prestación del servicio de taxi en vehículos menores no solo…