SI Covid-19: Empresas deberán elaborar para la vigilancia, prevención y control de Covid-19

Para el reinicio de las labores y regreso o reincorporación al trabajo, los empleadores deberán contar con un plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o en su caso por el supervisor de seguridad y salud en el trabajo y registrado en el Ministerio de Salud (Minsa) –Instituto Nacional de Salud (INS)– mediante el Sistema Integrado para el Covid (SI Covid-19).

Esto en aplicación de los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al nuevo coronavirus, aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 239-2020 Minsa.

Características

El plan debe incluir actividades, acciones e intervenciones que aseguren la limpieza y desinfección de los centros de trabajo, así como la evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o reincorporación al centro de labores.

También deben garantizar el lavado y desinfección de manos obligatorio, la sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo y, medidas preventivas de aplicación colectiva.

Se exige además que el documento contenga actividades, acciones e intervenciones que aseguren medidas de protección personal así como la vigilancia de la salud del trabajador ante el covid-19.

El plan debe especificar el número de trabajadores, riesgo de exposición por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano y bajo), al igual que las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición.

El documento será accesible a las entidades de fiscalización como Susalud y Sunafil, entre otras, a fin de que ejecuten las acciones de su competencia, para lo cual el Minsa establecerá los diferentes niveles de acceso.

Así, todo plan recibido por las instancias respectivas se constituye en el instrumento que permitirá la verificación ex post de su cumplimiento.

En aquellos puestos con actividades que impliquen una probabilidad elevada de generar una causa directa de daño a la salud del trabajador, como consecuencia de haber dejado de laborar durante el periodo de aislamiento social obligatorio, el empleador deberá brindar la revisión, actualización o reforzamiento de los procedimientos técnicos que realizaba el trabajador antes de la cuarentena.

De ser el caso, tendrá que reforzar la capacitación en el uso de los equipos o herramientas peligrosas que utiliza el trabajador para llevar a cabo su trabajo.

Medidas específicas

En el proceso de reincorporación al trabajo orientado a trabajadores que cuenten con alta epidemiología covid-19, cuando se trate de casos leves se reincorporarán 14 días después de haber iniciado el aislamiento domiciliario. En los casos moderados o severos, 14 días después del alta clínica aunque este período podría variar. En el caso del personal que se reincorpore a las labores debe evaluarse la posibilidad de que realice trabajo remoto como primera opción. Como medida de vigilancia de la salud se controlará la temperatura corporal de cada trabajador al momento de ingresar al centro de trabajo y al finalizar la jornada laboral. Además, a cada trabajador antes de regresar o reincorporarse al trabajo se le debe aplicar la ficha de sintomatologia covid-19.

Datos

El plan exigido prevé 7 lineamientos de aplicación obligatoria.

así, estos se refieren a la limpieza y desinfección de los centros de trabajo; evaluación de la condición de salud del trabajador previo al retorno.

Además, lavado y desinfección de manos obligatorio; la sensibilización en la prevención del contagio en el centro de trabajo, medidas preventivas de aplicación colectiva; medidas de protección personal y de vigilancia.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

61 Comments

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  1. Brindo el servicio de elaboración y registro del plan COVID-19 además de asesoría profesional post-registro en la plataforma MINSA para evitar la suspensión o cancelación del registro, puede cotizar y consultar al 990240043 o al correo: consultoria.sig.aqp@gmail.com.
    (Asesoría profesional)
    Ingeniería industrial UNSA, diplomado de supervisión en seguridad industrial y minera, curso de alta especialización en sistemas integrados de gestión TECSUP.

  2. Tengo una pequeña agencia de publicidad con un solo trabajador. Por lo general hacemos contacto y coordino via virtual y telefonica. Como puedo presentar mi plan de protección si existe un modelo o algo que especifique que debo considerar. Gracias

  3. Brindo el servicio de elaboración de plan COVID-19 y gestión con el MINSA , puede cotizar y consultar al 990240043 o al correo: consultoria.sig.aqp@gmail.com. precios según el tamaño de la empresa.
    Asesoría profesional
    Ingeniería industrial UNSA, diplomado de supervisión en seguridad industrial y minera, curso de alta especialización en sistemas integrados de gestión TECSUP

  4. Buenas noches, el suscrito elabora el PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19 EN EL TRABAJO a pequeñas, medianas empresas a nivel nacional. Cualquier consulta al Whatssap 970-112947. Economico, y garantia. Pago contra entrega.

  5. Hola, en caso particular realizo actividades de consultoría, generalmente mis atenciones son vía videoconferencia y con documentos virtuales, ¡debemos emitir plan de vigilancia?

    • Si tienes personal en tu empresa.. si debes hacer… sólo colocar q es trabajo remoto y el riesgo de covi es bajo

    • Hola si… pero pones q es trabajo remoto en la lista de tu personal y que es bajo en contagio de covi. Según la lista

    • Claro si tu empresa es la que brinda el servicio de limpieza o de personal… Claro que necesitas hacer tu plan… en especial si es persona juridica

  6. Consulta si mi empresa no tiene un profesional de salud, que puedo hacer?
    Si contrato una empresa que lleve mi Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo y mi seguimiento de “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, es el el responsable de contratar u profesional de salud?

    • Hola, te averiguate si necesitas los protocolos? Yo tmb tengo esa duda mi empresa es pequeña y no atiendo al público

    • Pero cuántos son en tu empresa…..???
      Es depende de la cantidad de personal que tengas.

    • Si … en especial porque eres persona jurídica, sólo los que son persona natural con negocio, no están obligados

  7. BUENAS NOCHES, TENGO DUDAS RESPECTO L RESGISTRO SISCOVID. MI EMPRESA ES UNA EIRL EJECUTOR DE OBRAS, TENGO DOS OBRAS EN EJCUCION Y LAS DOS ESTAN CONFORMADAS POR UN CONSORCIO EN LAS CUALES SOY EL OPERADOR TRIBUTARIO Y EL REPRESENTANTE COMUN.
    AHORA EN EL PLAN DE ACUERDO A LOS LINEAMIENTOS INDICADOS EN EL ANEXO 04 (ESTRUCTURA DEL PLAN DE VIGILANCIA…). INDICA EN UNO DE SUS ITEM NOMINA DE TRABAJADORES. 1.- ¿QUE TRABAJADORES CONSIDERO SI TENGO DOS OBRAS, CADA UNO CON SU PERSONAL CLAVE Y PERSONAL OBRERO DE LA ZONA QUE INGRESA SEGUN LAS PARTIDAS QUESE EJECUTARAN DE ACUERDO AL CRONOGRAMA DE EJECUCION?, 2.- EN EL ITEM X PRESUPUESTO Y ADQUISICION DE INSUMOS ¿QUE PRESUPUESTO CONSIDERO,? ENTONCES AL REGISTRAR, SE REGISTRA COMO EMPRESA JURIDICA SIN LOS CONSORCIOS Y LUEGO PRESENTARIA A LA ENTIDAD EL PLAN POR OBRA.

    • Tienes que colocar a todos. Los puedes separar por obra si deseas. Pero se considera a todos los que estén en planilla y por recibo

  8. Consulto: Un edificio en el que laboran 2 porteros (trabajan en dos turnos, nunca están juntos) y una empleada de limpieza, está obligado a tener el Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19?

    • Claro si tu empresa es la que brinda el servicio de limpieza o de personal… Claro que necesitas hacer tu plan… en especial si es persona juridica

  9. Tengo una Empresa de vigilancia y proteccion la cual no ha dejado de trabajar pues siempre ha estado dentro de las actividades permitidas, estoy elaborando el plena segun lo establecido, mi pregunta una vez que lo tenga listo a donde debo remitirlo para su aprobacion solo a SICOVID 19 ?

  10. Buenas Noches.
    Si ya tengo la constancia de registro del Ministerio de Salud a través del Instituto Nacional de Salud de mi PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID 19 EN EL TRABAJO. La cual a sido aceptada y tiene numero de registro.
    Cual es el paso siguiente o que otro tramite hay que hacer ?

  11. Buenas tardes, me presento soy Ing. industrial UNSA, con especialización en seguridad industrial y minera, y en sistemas integrados de gestión. Brindo el servicio de asesoría en elaboración del plan COVID-19 y gestión en la plataforma, puede cotizar y consultar al 990240043 o al correo: consultoria.sig.aqp@gmail.com.

  12. para sector textil y calzado y comercio electronico y afines, en que ministerio se ubica, ya que al llenar nos pide ubicarnos al sector que pertenece, gracias

  13. Buenas tardes, cuando es reingreso o reincoporacion?
    adicionalmente quisiera saber si una ferreteria con solo 2 trabajadores en planilla debe realizar el plan? gracias por su ayuda

  14. Hola, si pertenezco al sector salud (soy empresa esencial, distribuyo fármacos) cómo presento mi plan?
    No encuentro cómo solicitar en la web del MINSA ese código de autorización para hacer mi registro en el SISCOVID.

  15. Por favor si pudieran indicarme, para una empresa que no tiene planilla pero es EIRL, como deberia hacer, ya que se cuenta personal solo cuando solicitan nuestro servicio, somos una empresa que realiza actividades de arquitectura y consultoria tecnica.

    • Buenos días si es una empresa de venta de ropa, están obligados a realizar los exámenes de prueba rápida a los trabajadores cada cuánto tiempo

  16. Buen dia
    lo que necesito saber como registro el Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID19 en el trabajo en ministerio de salud DEBIDO A QUE ES UN REQUISITO QUE ME SOLICITA MI PROVEEDOR .
    Estamos a una semana aproximadamente del reinicio de los trabajos
    Agradeceré tu apoyo

  17. Las empresas están obligadas a entregar los protocolos a sus trabajadores? O sólo hacerles de conocimiento que esta en proceso

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