Pleno modifica artículos del Código Procesal Civil sobre recursos de casación

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Con 102 votos a favor, tres en contra y una abstención, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que modifica el texto único ordenado del Código Procesal Civil qué plantea optimizar el recurso de casación para fortalecer las funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República y dicta otras disposiciones.

Entre sus cambios, está la apelación que no acompañe el recibo de la tasa, se interponga fuera del plazo, que no tenga fundamento o no precise el agravio, será de plano declarada inadmisible o improcedente según sea el caso. El juez superior no puede modificar la resolución impugnada en perjuicio del apelante, salvo que la otra parte también haya apelado o sea un menor de edad.

Indica además qué el recurso de casación procede contra las sentencias y autos expedidos por las salas superiores que, como órganos de segundo grado, ponen fin al proceso. Además, en la sentencia o auto se discuta una pretensión mayor a los 500 Unidades de Referencia Procesal o que la pretensión sea inestimable en dinero; el pronunciamiento de segunda instancia revoque en todo o parte la decisión de primera instancia y el pronunciamiento de segunda instancia no sea anulatorio.

El congresista Américo Gonza Castillo (PL), presidente de la Comisión de Justicia, indicó qué los jueces de la sala especializada de la Corte Suprema pueden reunirse y aprobar por mayoría absoluta reglas interpretativas que serán de obligatorio cumplimiento invocada por los magistrados de todas las instancias judiciales.

En otro momento, el Pleno rechazó por 58 votos en contra, 38 a favor y siete abstenciones, la propuesta de la congresista Susel Paredes Piqué (ID), quien propuso que el dictamen regrese a comisión para un mejor estudio y análisis.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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