Minsa delega a Censopas: Empresas deberán actualizar mensualmente su Plan de Vigilancia COVID-19

Minsa delega a Censopas: Empresas deberán actualizar mensualmente su Plan de Vigilancia COVID-19

El Ministerio de Salud (Minsa) mediante Resolución Ministerial publicada hoy en el diario oficial El Peruano, delegó al Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas) la administración del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” que registran las empresas para reiniciar sus actividades.

De acuerdo a la normal legal, las empresas que tenga la autorización para reiniciar sus actividades como parte de la Fase 1 y 2 de la reactivación económica deberán registrar su plan en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Minsa.

En esa misma línea, se precisa que las empresas deben actualizar mensualmente dicho plan, en la misma oportunidad en la que debe remitirse la Planilla Mensual (PLAME), conforme al último dígito del RUC.

Censopas será en el encargado de verificar que las empresas hayan completado los campos obligatorios del registro; los datos de contacto (correo electrónico y teléfono) que permitan una comunicación oficial; y que la información vinculada con la seguridad y salud de trabajadores y prestadores sea auténtica.

También se detalla que las empresas deben remitir dentro de las 24 siguiente al registro, una copia del plan a todos sus trabajadores. Para ello, Censopas establecerá un mecanismo de acceso al plan para los trabajadores que lo soliciten.

Además, el Centro Nacional de Salud Ocupacional informará cada 15 días calendarios todas las empresas que hayan registrado su plan en el SICOVID-19, así como también las que cuenten con medida correctiva de suspensión o cancelación del registro tras un proceso de fiscalización.

Finalmente, un plazo de 4 días hábiles se establecerá una plataforma de información a través de una línea telefónica en el que se absolverán las consultas de empleadores y trabajadores respecto del plan.

Fuente: La República

 

Resolución Ministerial N° 377-2020-Minsa

Resolución Ministerial N° 377-2020-Minsa

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

One Comment

Leave a Reply
  1. Brindo el servicio de elaboración y registro del plan COVID-19 además de asesoría profesional post-registro en la plataforma MINSA para evitar la suspensión o cancelación del registro, puede cotizar y consultar al 990240043 o al correo: consultoria.sig.aqp@gmail.com.
    (Asesoría profesional)
    Ingeniería industrial UNSA, diplomado de supervisión en seguridad industrial y minera, curso de alta especialización en sistemas integrados de gestión TECSUP.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

TC

TC mantiene suspensión de cómputo de plazos procesales de habeas corpus, amparo, habeas data y cumplimiento

Daniel-Gamba

Daniel Gamba es elegido presidente del CFA Institute a nivel mundial