¿Los trabajadores que ingresan a una entidad pública por modalidad CAS pueden afiliarse a la EPS?

afiliación a EPS

Al respecto, nos remitiremos al Informe Técnico Nº 1180-2016-SERVIR/GPGSC, en el cual se concluyó que las entidades públicas – en su condición de empleador – pueden optar por contratar a favor de sus trabajadores planes o programas de salud a una Entidad Prestadora de Salud, los que deberán contemplar los mismos beneficios para todos los trabajadores cubiertos y sus derechohabientes, independientemente de su nivel remunerativo. Asimismo, los trabajadores de la entidad, sin importar su régimen laboral, podrán afiliarse a los planes brindados por una Entidad Prestadora de Salud, en tanto la entidad para la cual presta servicios haya contratado dichos planes.

Debe tenerse en cuenta que, una vez que los trabajadores han optado por la contratación de una Entidad Prestadora de Salud, la obligación de la entidad como empleadora es deducir el 25% del monto que por Ley se encuentra obligada a aportar al Seguro Social de Salud, para con ello pagar por los servicios a la Entidad Prestadora de Salud, y que el pago de cualquier otro monto adicional que resulte del plan o programa elegido por el trabajador será asumido por este.

Además, debemos señalar que el acceso al beneficio de cobertura del seguro de salud a través de una EPS se mantiene únicamente durante la permanencia del servidor en la entidad que la hubiera contratado y hasta el período de latencia (posterior al cese) que hubiera sido establecido en el respectivo contrato.

Por lo tanto, tratándose de un beneficio derivado de la suscripción de un contrato entre la entidad empleadora y una EPS, en el supuesto que un servidor inicie un nuevo vínculo con una entidad distinta no implica que se mantenga el beneficio que tenía en la entidad anterior.


IT_1315-2020-SERVIR-GPGSC

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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