Licencia por paternidad será entre 10 y 30 días

Licencia por paternidad

Licencia por paternidad

Los padres también podrán gozar de sus bebes recién nacidos, la ley aprobada por el congreso les otorga licencia por paternidad a los trabajadores del sector público y privado por 10 días calendarios consecutivos en casos de que el parto de la madre de su hijo/a sea natural o por cesárea.

Los días se duplican (20) si se presenta casos de nacimientos prematuros o partos múltiples. Si el o la bebé nace con alguna enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, el padre tendrá un mes (30 días) de licencia para acompañar a la madre de su o sus hijos. Serán 30 días de licencia también si la madre del hijo u hija tiene complicaciones graves a consecuencia del parto.

Cómputo del plazo

Los días de licencia se cuentan a partir de la fecha que el trabajador indique, estas son las alternativas: Desde la fecha del nacimiento de la hija o hijo, desde el alta de la madre el hijo o de la hija, a partir del tercer día anterior a la fecha probable del parto, acreditada mediante certificado médico o suscrito por profesional colegiado.

Fallecimiento en parto

En el supuesto caso que la madre muera durante el parto o mientras goza de su licencia por maternidad, el padre del hijo/hija nacido/a será beneficiario de dicha licencia con goce de haber, de manera que sea una acumulación de días de licencia.

Descanso vacacional

Si el trabajador quiere más días para apoyar a su pareja con su bebé, puede solicitar su descanso vacacional pendiente, a partir del día siguiente de vencida la licencia de paternidad. Esta decisión deberá ser comunicada al empleador con por lo menos 15 días calendarios a la fecha probable de parto de la madre.

Para Matilde Cobeña, la adjunta para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, la aprobación de esta norma es un gran avance, porque permite al padre estar con su hijo/a para generar el vínculo emocional que es importante en esta etapa del ser humano.

Así mismo, dijo que esta norma no debe confundirse con vacaciones, ya que el interés es para que el padre asuma su responsabilidad en el cuidado del recién nacido/a. Lo ideal señala, sería que “el tiempo de licencia debería ser el mismo que se da a la madre, y que se debe complementar la norma con una campaña de sensibilización para que los padres asuman la responsabilidad de la crianza de los hijos e hijas”.

Fuente: Defensoría del Pueblo

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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