Ingresos de contratos y arrendamientos

Óscar Mere

Por: Óscar Mere, Socio de auditoría de EY Perú. 

El brote del coronavirus generó que las empresas tengan que enfrentar la disminución y/o pérdida de sus ingresos, así como a la Interrupción de sus actividades De acuerdo con la encuesta de opinión sobre el impacto del covid-19 en las empresas de Lima Metropolitana, desarrollada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el 67% de las unidades productivas disminuyeron sus ventas mientras que el 12% simplemente no las generaron.
En este contexto, las estimaciones de los ingresos por contratos con clientes que se encuentran en el alcance de la NIIF15 podrían verse afectadas.

Esto se debe a que cuando un contrato con clientes incluye una contraprestación variable, como son los descuentos, reembolsos, concesiones de precios, bonos por desempeño y sanciones, la entidad debe estimar, a la fecha de Inicio, el monto de la compensación que espera recibir a cambio de la transferencia del bien o servicio prometido, pues el precio de la transacción únicamente debe incluir el monto la compensación, que muy probablemente no se revierta.

En respuesta a la pandemia del covid-19. además, se tomaron acciones como modificaciones de contratos y/o precios, cambios en condiciones de cobro, entre otros; los cuales también podrían afectar el reconocimiento de ingresos y las revelaciones de los contratos actuales y futuros.

Por otro lado, debido a las interrupciones temporales y la disminución de la actividad comercial de las empresas.
los contratos de arrendamiento podrían sufrir alteraciones a sus términos contractuales iniciales.

Estas modificaciones pueden requerir diferentes tratamientos contables de acuerdo con la NIIF16 (arrendamientos) y dependerá de si se afecta o no el alcance de los activos o si se modifican los pagos futuros bajo el plazo remanente del contrato de alquiler Las entidades deben aplicar juicio significativo para calcular el efecto contable que podrían tener las incertidumbres generadas por la pandemia sobre sus ingresos y/o contratos de arrendamiento, tanto en su medición inicial como en una eventual remedición que pudiese generar ajustes significativos en los estados financieros, distorsiones en su lectura e interpretación o contingencias frente a los reguladores.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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