Fortalecen las defensorías del niño y del adolescente

Maynas-DEMUNA

MINISTERIO APRUEBA GUÍA DE PROCEDIMIENTO

Fijan lineamientos para mejor atención de casos que afecten derechos.Nuevas pautas procedimentales para mejorar la atención de los casos que impliquen la vulneración del ejercicio de los derechos de los menores estableció el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp).

Dicho portafolio aprobó la Guía para la atención de casos en las defensorías del niño y del adolescente, mediante la Resolución Ministerial N° 362-2014-Mimp. El documento busca contribuir al fortalecimiento de estas importantes dependencias.

Etapas de atención

La guía, que reemplaza a su predecesora, aprobada por Resolución Ministerial N° 669-2006-Mimdes, establece cinco etapas para la atención.

La primera corresponde a la acción preliminar en que el usuario se apersona a la defensoría del niño y del adolescente (DNA) para comunicar un hecho sobre el cual el defensor deberá determinar la existencia o no de vulneración de derechos de los menores.

De constituir una afectación o amenaza del ejercicio de estos derechos, el defensor registrará los hechos y calificará el asunto evaluando la situación del afectado, mediante entrevistas o visitas de verificación.

Como resultado de la calificación, el defensor puede brindar la asesoría correspondiente, trasladar el caso a una institución pública o privada para su atención especializada, formular la denuncia ante la sede policial o fiscal, o promover la conciliación extrajudicial, entre otras acciones.

Luego, en la etapa de verificación de cumplimiento, el defensor registrará y monitoreará el avance del procedimiento de atención, identificando los problemas que puedan presentarse y realizando los ajustes de estrategias para alcanzar los resultados previstos.

El procedimiento de atención concluirá con la ejecución de la acción dispuesta, verificándose la restitución o protección de los derechos del o la afectada.

También lo hará con el desistimiento de quien reportó el caso, siempre que se encuentre garantizada la restitución o protección de los derechos del o la afectada.

Formatos u obligaciones

La guía contiene los formatos de los documentos que en cada etapa deberán suscribirse para dejar constancia de las actuaciones.

Entre ellos figuran los formularios de la recepción de casos, de entrevista y visita, así como de actas de conciliación.

Para la mejor comprensión del procedimiento se presenta un glosario de términos. Además, se otorga a las DNA la facultad de mantener coordinaciones con las instituciones y organizaciones del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y Adolescente y no podrán solicitar más de un ejemplar de un documento.

El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Jubilación forzosa

Las acciones de control de la OCMA