Claves legales para los emprendimientos y negocios en el Perú

Daniel-Echaiz-Moreno

Por: Daniel Echaiz Moreno, socio fundador de Echaiz Abogados. miembro asociado del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. 

A pesar del impacto de la pandemia del covid-19 en las actividades económicas, el país muestra índices macroeconómicos alentadores que lo mantienen como un destino atractivo para la inversión extranjera. A continuación, el autor de este artículo explica los aspectos jurídicos y económicos que permiten este escenario favorable y ventajoso.

E l Perú es un destino atractivo para la inversión extranjera. Tiene la segunda inflación más baja de América Latina (aproximadamente 2%, manteniéndose en un solo dígito hace casi 25 años). Según Doing Business en el Perú 2020, constituir una empresa en nuestro país es 70% menos costoso que el promedio en la región, la resolución de trámites para obtener los permisos de construcción es aproximadamente dos meses más rápido que el promedio latinoamericano y el cumplimiento de contratos en el Perú es cuatro meses más rápido que en los demás países de esta parte del continente. En la región latinoamericana, poseemos la mejor calificación de grado de inversión y ocupamos la más alta posición en el ranking mundial de competitividad después de Chile.

El Estado peruano facilita la inversión privada extranjera en el país mediante el régimen especial de recuperación anticipada del impuesto general a las ventas (IGV) (para la devolución del impuesto pagado o trasladado en las operaciones de importación y/o adquisición local de ciertos bienes), los convenios de estabilidad jurídica (contratos ley que ofrecen garantías a los inversionistas por plazos de 10 años, o más tratándose de concesiones) y el régimen de reintegro tributario (para inversionistas que celebren contratos de inversión, mientras se desarrollen los compromisos de inversión). Hay incentivos en el régimen aduanero, mediante el drawback (restitución de derechos arancelarios) y las cuatro zonas económicas especiales (Tacna, Paita, Ilo y Matarani). En la última década, los tres principales inversionistas extranjeros en el Perú mediante aportes de capital han sido Entel (Chile), Telefónica (España) y Falabella (Chile).

Nuestro país se interrelaciona con el mundo; así pues mantiene vigentes 19 acuerdos internacionales de inversión (con Alemania, Argentina, Australia, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, El Salvador, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Islandia, Italia, Japón y Honduras), 32 tratados bilaterales de inversión-TBI (con Alemania, Argentina, Australia, Bélgica-Luxemburgo, Bolivia, Canadá, Chile, China, Colombia, Corea, Cuba, República Checa, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, España, Finlandia, Francia, Italia, Japón, Malasia, Países Bajos, Noruega, Paraguay, Portugal, Reino Unido, Rumanía, Singapur, Suecia, Suiza, Tailandia y Venezuela), nueve convenios para evitar la doble tributación (con Brasil, Canadá, Comunidad Andina, Corea, Chile, México, Suiza, Portugal y Japón) y 14 tratados de libre comercio-TLC y acuerdos de integración económica-EIA (con Australia, Canadá, Corea, Costa Rica, Chile, China, Estados Unidos, Honduras, Japón, México, Panamá, Singapur, Asociación Europea de Libre Comercio y Unión Europea).

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En el Perú no existe límite para la repatriación de capitales, no hay restricciones a la propiedad para los inversionistas extranjeros, hay libre acceso de los inversionistas extranjeros a casi todos los sectores económicos y no se requiere ninguna autorización específica para invertir. Es miembro de la Organización Mundial del Comercio (desde 1995), el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (desde 1998) y la Alianza del Pacífico (desde 2011), además de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) y el Mercado Común del Sur (Mercosur), ahora pretende su incorporación a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

En el país encontramos la compañía de alimentos más grande del mundo (Nestlé, de Suiza), el mayor fabricante mundial de cerveza (AB InBev, de Bélgica), la panificadora más grande del mundo (Grupo Bimbo, de México), la más grande cadena hotelera del mundo (Marriott, de Estados Unidos), el mayor fabricante de lápices de madera en el mundo (Faber-Castell, de Alemania), la firma de servicios profesionales más grande del mundo (PricewaterhouseCoopers, de Estados Unidos), la mayor firma de private equity en el mundo (Carlyle Group, de Estados Unidos), la empresa de telefonía más grande de Hispanoamérica (Telefónica, de España), la compañía de retail más grande de América Latina (Falabella, de Chile), el banco más grande de China (Banco Industrial y Comercial de China-ICBC) y los dos principales bancos de España (Santander y BBVA).

Hacer negocios en el Perú también significa encontrar actores locales de proyección internacional, como la empresa de leche evaporada más grande del mundo (Gloria), la segunda compañía de consumo masivo más grande de los Andes (Alicorp), el grupo microfinanciero más grande de América Latina (Credicorp), el mayor distribuidor de la maquinaria Caterpillar en el mundo (Ferreyros), la mina aurífera más grande de Sudamérica (Yanacocha), el más grande operador logístico de América Latina (Ransa), la cuarta mayor multilatina en el mundo (Ajegroup), la octava mayor concentradora de cobre en el mundo (Cerro Verde) y la décima empresa de venta directa más grande del mundo (Belcorp).

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Los indicadores y los reconocimientos siguen a nuestro favor. En América Latina, el Perú ocupa el primer puesto en la producción de estaño, zinc, plomo, oro y selenio, y el segundo puesto en la producción de plata, cobre, mercurio, molibdeno y cadmio. Por otro lado, en el ranking mundial de exportadores, ocupa el primer puesto en la exportación de espárragos, frijoles secos, quinua y maca, y producimos casi 2.5 veces más harina de pescado en comparación con la Unión Europea. Finalmente, el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez fue considerado el mejor terminal aéreo de Sudamérica (2020) y el Perú fue reconocido por octava vez consecutiva el Mejor Destino Culinario del Mundo (2019).

A pesar de la pandemia por el covid-19, los índices macroeconómicos del Perú son alentadores. Así, en el primer trimestre del 2021, el producto bruto interno (PBI) creció 3.8%; la demanda interna, 6.5%; las exportaciones, 5.5%; las importaciones, 5%; la inversión privada, 31.6% y la reinversión de empresas extranjeras sumó 2,310 millones de dólares; se prevé que el PBI se expandirá 34.4% en el segundo trimestre de este año. Todo lo anterior se desarrolla en un régimen de economía social de mercado que permite la coexistencia de interesantes figuras jurídicas que posibilitan los negocios y las inversiones, como el arbitraje, la sociedad anónima cerrada, las stock options, el franchising, los convenios parasocietarios, las sociedades BIC, los consorcios, las alianzas estratégicas, los grupos empresariales, el gobierno corporativo, las startups, la responsabilidad social y el compliance.

Existen, pues, razones suficientes para invertir en el Perú. ¡Sean bienvenidos!

TENER PRESENTE

◗ A inicios de la década de 1990, el Estado Peruano emprendió un proceso de promoción de la inversión privada, con la finalidad de transferir al sector privado la gestión de sectores económicos que estuvieron en sus manos por más de 20 años. Este proceso se efectuó en el contexto de la política de estabilidad de la economía y liberalización de los mercados.

◗ En 1993 se consolidó este régimen en la nueva Constitución Política del Perú, en el capítulo Constitución Económica, y que incluye disposiciones para la promoción de la libre iniciativa privada, la libre competencia y la igualdad de trato para todas las actividades económicas; la posibilidad y la libertad de suscribir convenios de estabilidad entre los inversionistas privados y el Estado; la igualdad entre inversionistas nacionales y extranjeros; el rol subsidiario del Estado; garantizar el derecho a la propiedad privada; y permitir al Estado y a las personas de derecho público recurrir al arbitraje nacional o internacional para solucionar potenciales controversias.

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◗ El Estado comienza a promover activamente modalidades de inversión alternativas a la obra pública tradicional para ayudar a cerrar la brecha existente de infraestructura y de servicios públicos en el país: asociaciones público privadas (APP) y obras por impuestos.

◗ Para alinearse a los estándares de buenas prácticas establecidos por la recomendación del consejo sobre los Principios de Gobernanza Pública de las Asociaciones Público-Privadas de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), a finales del 2015 se publicó el Decreto Legislativo Nº 1224, Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, y su reglamento. Esta normativa ayudó a que el Perú cuente con un marco institucional claro, predecible y legítimo, que permita aplicar un criterio de selección basado en el valor por dinero, y establezca obligaciones para el uso del proceso presupuestal, minimizando riesgos fiscales y garantizando el proceso de concurso. Por ello, el país se convirtió oficialmente en adherente a la Recomendación del Consejo sobre los Principios de Gobernanza Pública de las APP de la OCDE.

◗ El Estado peruano publicó el Decreto Legislativo N° 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, así como su reglamento, que constituye el marco legal vigente de las APP en el país. Entre los aportes de la actual normativa destaca la rectoría del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual agrupa todas las competencias de políticas y lineamientos relacionados con las APP. Con ello, Proinversión se dedicará a estructurar, promocionar y adjudicar los proyectos. La normativa de APP también desarrolla órganos especializados para la gestión de proyectos y un procedimiento especial de apoyo técnico y legal en aspectos de alta complejidad. Asimismo, crea el mecanismo de diálogo competitivo para que el sector privado pueda participar con propuestas en la elaboración de proyectos altamente complejos.

Fuente: Jurídica (El Peruano)

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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