
Los contribuyentes que no hayan inscrito sus propiedades en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) tienen la obligación de efectuar la Declaración de Predios ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) entre el 1° y el 7 de junio según el último dígito del…

Por: Francisco Pantigoso (Catedrático de la Universidad del Pacífico, UPC y UCSUR. Director de la Maestría en Tributación de la UPC). Desde el 2021 rige la ratio “deuda/EBITDA”, en lugar de la ratio “deuda /patrimonio” (vigente hasta el 2020), para el caso del tope de intereses de deudas (subcapitalización).

Si tu negocio pertenece al sector turismo, tienes una deuda tributaria con la Sunat y no cuentas con suficientes recursos para pagarla, la SUNAT te ofrece la opción de acogerte al aplazamiento y/o fraccionamiento tributario denominado RAF Turismo. El presente instructivo enseña paso a paso cómo presentar tu solicitud desde la Clave SOL.

El Consejo Fiscal emitió su opinión en relación al Informe de Actualización de las Proyecciones Macroeconómicas 2021-2024, publicado el pasado 30 de abril. En el documento cuestiona las cifras emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sobre las proyecciones de crecimiento.

Por: Francisco Pantigoso, Catedrático de las Universidades del Pacífico, UPC, UCSUR y USS. De acuerdo al reciente Informe de la SUNAT No. 039-2021-SUNAT/7/0000, se ha señalado que no todo incremento patrimonial (IP) que se origina en rentas no declaradas constituye un “Incremento patrimonial no justificado” (IPNJ), siendo que se considerará como tal, solo cuando…

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) informó que a partir de mañana lunes 17 de mayo hasta el 30 de junio las empresas del sector Turismo con ingresos anuales que no superen las 2300 UIT podrán presentar de manera virtual las solicitudes para acogerse al Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento…

Las empresas del sistema financiero deberán entregar entre el 22 y 23 de julio determinada información financiera correspondiente al 2018 y el 2020 a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), para el intercambio de esa data con otros países.

El nuevo INFORME N° 039-2021-SUNAT/7T0000 concluye que no todo incremento patrimonial que se origina en rentas no declaradas constituye incremento patrimonial no justificado.

A partir de setiembre, las entidades del sistema financiero reportarán la información de las cuentas de personas naturales y jurídicas por encima de los 30,800 soles (siete unidades impositivas tributarias-UIT) a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).

Las entidades del sistema financiero reportarán a partir de setiembre próximo la información de las cuentas de personas naturales y jurídicas por encima de los S/ 30,800 a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Financiera (SUNAT), de acuerdo con la resolución publicada en el diario oficial El Peruano.