Acuerdos de formalización solo para la mype

Carlos Cadillo (Foto: Miranda & Amado)
Carlos Cadillo (Foto: Miranda & Amado)

El proyecto de modificación del reglamento de la Ley de inspección desarrolla la suscripción de un plan de formalización solo para la mype con un máximo de 10 trabajadores. En efecto, de acuerdo con la iniciativa del sector Trabajo, este convenio se podrá suscribir a pedido de la microempresa y durante las actuaciones de fiscalización, es decir, en la etapa de investigación.

“El acuerdo podrá suscribirse por una sola vez, para subsanar obligaciones como el registro en la planilla electrónica, inscripción en la seguridad social, así como el pago de haberes y beneficios sociales, más intereses legales”, dijo el experto Carlos Cadillo.

Este acuerdo incluirá además un cronograma de subsanación, cuya duración máxima será de 12 meses; y, dependiendo del caso, podrá incorporarse un compromiso de la microempresa de asistir a talleres de capacitación en formalización y normativa.El incumplimiento parcial o total de este convenio por parte de la mype se considerará una infracción muy grave a la labor inspectiva, anotó el laboralista y miembro de Miranda & Amado Abogados.

La norma vigente permite celebrar un plan de formalización después de que se emita la resolución de imposición de multa (en la etapa de sanción), el plan es potestad de la AIT (no del empleador), puede aplicarse a la micro y pequeña empresa, y el incumplimiento del plan se considera infracción muy grave.

La autoridad laboral puso al debate el proyecto para modificar el reglamento de la Ley de inspecciones, cuyos aportes se podrán enviar hasta el próximo 4 de diciembre.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Despido por incapacidad sobrevenida debe ser certificado por entidad competente

La conciliación como vía para la resolución de los conflictos