Aclaran naturaleza y nivel de la negociación colectiva en sindicatos

sindicato Ripley
Para MTPE la denominación del sindicato solo podrá observarse durante su inscripción.
En un procedimiento de negociación colectiva no corresponde a la autoridad administrativa de trabajo pronunciarse sobre los aspectos relativos a la denominación del sindicato, porque dichas observaciones deben ser planteadas por el empleador en el curso del procedimiento de inscripción de la organización sindical.
Así lo fijó la Dirección General de Trabajo como criterio para la negociación colectiva, mediante la Resolución Directoral General N° 012-2015-MTPE/2/14, en que concluye que los sindicatos de grupos económicos podrán negociar por rama de actividad.

Para la autoridad administrativa laboral, además, deberá tenerse en cuenta que si en los estatutos del sindicato se establece que se trata de una organización sindical de rama de actividad, el sindicato tendrá legitimidad para solicitar la negociación colectiva en dicho nivel.

Denominación sindical

En este contexto, el pronunciamiento administrativo en análisis dispuso la continuación de la negociación colectiva de rama de actividad promovida por una organización sindical cuya denominación hacia alusión a que reunía a trabajadores de un mismo grupo económico empresarial.

Por tanto, las empresas involucradas en esa negociación solicitaron –mediante un recurso de revisión– el pronunciamiento de la autoridad laboral sobre la denominación del referido sindicato, dado que si este era de rama de actividad, no debería ostentar el nombre de sindicato de grupo económico, detalla un informe laboral de Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

No obstante, la autoridad laboral ratificó que el sindicato aludido es una organización de rama de actividad con prescindencia de su denominación y, por tanto, con legitimidad para seguir la negociación colectiva.

Añade que los trabajadores son libres de afiliarse a las organizaciones que mejor los respalden, con la única exigencia de respetar los estatutos de la organización sindical.

Por tanto, advierte que el nivel de negociación es, al momento de la conformación de la organización de trabajadores, una referencia que debe considerarse dinámica, pues allí donde existe legitimidad negocial podrá haber una organización de rama de actividad que pueda entablar una negociación en el nivel de empresa.

Esta dirección, finalmente, sustenta su decisión en los principios adoptados por la STC N° 03561-2009-PA/TC.

Tercerización de servicios

Con la Resolución Directoral General N° 022-2015-MTPE/2/14, la autoridad de trabajo también declaró infundado un recurso de revisión interpuesto por una empresa contratista que cuestionaba su incorporación al ámbito de rama de actividad de la empresa principal, dado que ambas realizaban actividades económicas distintas. Al analizar esta resolución, Rodrigo, Elías & Medrano advierte que para la autoridad laboral si el sindicato determina en sus estatutos la representación de todos los trabajadores que prestan servicios a la empresa principal mediante tercerizaciones de servicios, la empresa contratista también está comprendida en el ámbito de la organización sindical, en tanto realiza actividades complementarias mediante una tercerización de servicios. Este es un nuevo criterio para la negociación colectiva, refiere el estudio de abogados.

Pautas

Los empleadores y trabajadores tienen derecho a constituir las organizaciones que estimen conveniente, debiendo delimitar ellos mismos el contenido de su negociación, en el marco del principio de autonomía colectiva y de negociación libre y voluntaria de las partes.

No corresponde a la autoridad administrativa de trabajo fijar o imponer el nivel que debe tener la negociación colectiva, afirma la resolución.

El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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