SUNAFIL aprueba directiva sobre acciones de asistencia técnica en el sistema de inspección del trabajo (Resolución N° 140-2021-SUNAFIL)

inspecciones laborales

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-SUNAFIL tiene como función contribuir al cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad y salud en el trabajo, mediante fiscalizaciones, orientaciones y asistencias técnicas, siendo ésta última, una herramienta puesta al servicio de las empresas y trabajadores.

En ese marco, se ha aprobado la directiva “Disposiciones sobre las acciones de Asistencia Técnica en el Sistema de Inspección del Trabajo”, la cual establece pautas, metodologías y criterios a ser aplicados en el desarrollo de la asistencia técnica, con el fin de coadyuvar el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de la seguridad y salud en el trabajo.

Esta directiva Nro. 001-2021-SUNAFIL, aprobada con Resolución N° 141-2021-SUNAFIL, prevé que a través de la asistencia técnica, se realicen acciones o diligencias de asesoramiento o asistencia especializada, ejercidas por servidores que integran el Sistema de Inspección del Trabajo (personal inspectivo y administrativo), dirigidas a un empleador específico.

Ello se podrá efectuar a partir de la visita al centro de trabajo, con el fin de brindar recomendaciones de subsanación o corrección, frente a posibles incumplimientos de las normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo vigentes; para viabilizar su implementación en un plazo razonable y proporcional al caso concreto, bajo el aviso de iniciar las actuaciones inspectivas de fiscalización correspondientes.

Cabe señalar que la asistencia técnica puede motivarse en la solicitud del empleador o de los trabajadores, ante lo cual se dispone el despliegue de acciones preparatorias, destinadas a organizar la ejecución de la asistencia técnica, siendo estas: Etapa de Ejecución, Etapa de Seguimiento y Control, y Etapa de Resultados.

La ejecución de la asistencia técnica se puede realizar bajo la modalidad presencial o semipresencial, esta última apoyada en el uso de sistemas de comunicación electrónica, mediante las tecnologías de la información y comunicación virtual.

Cabe resaltar que, frente a conductas que lesionan derechos fundamentales del trabajador o evidencian reincidencia, en un comportamiento infractor, las acciones de asistencia técnica son suspendidas para proceder con el inicio de las actuaciones de fiscalización. Tales supuestos se encuentran descritos en la directiva.

De este modo, la SUNAFIL, con el desarrollo de la asistencia técnica, promueve e incentiva la cultura de cumplimiento normativo y, con ello, enfatiza y empodera la finalidad preventiva de la inspección, reservando la fiscalización para empleadores que, pese a tener la adecuada información sobre sus obligaciones, no cumplan con el marco legal.


Resolución N° 140-2021-SUNAFIL

Resolución N° 140-2021-SUNAFIL

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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