SAT: Sepa qué predios ubicados en el Cercado de Lima pasarán a la Beneficencia

SAT: Sepa qué predios ubicados en el Cercado de Lima pasarán a la Beneficencia

Los predios de personas fallecidas, ubicados en el Cercado de Lima, pasarán a la Sociedad de Beneficencia si es que los familiares no cumplen con declarar hasta mañana el porcentaje de participación que les corresponde, a fin de asumir los adeudos pendientes por el impuesto predial y arbitrios.

Así lo informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tras anotar que a la fecha se mantiene el registro de 129 personas fallecidas que mantienen predios a su nombre sin haber dejado herederos legales que se responsabilicen de esta deuda.

Estas propiedades corresponderían a galerías comerciales, viviendas y terrenos ubicados en diferentes lugares del Cercado de Lima, como los jirones Andahuaylas, Carabaya, Azángaro, Lampa, Callao, Huallaga, Huancavelica; así como en las avenidas Miguel Grau, Nicolás de Piérola, Tacna, Emancipación, Colonial, entre otras.

Obligaciones impagas

El SAT, que advirtió de la medida oportunamente, detalló que la deuda total originada asciende a 8 millones 163,736 soles, que corresponden a obligaciones que van de los 1,999 a los 888,677 soles.

Por esta situación, la institución detalló que se cumplió con enviar cartas a las direcciones consignadas, a fin de que los integrantes de la sucesión procedan a declarar el porcentaje de la participación que les compete del predio en cuestión.

El porcentaje de participación en el predio debe ser mediante un documento que lo acredite, a fin de que el SAT determine el monto de deuda correspondiente a pagar por concepto de impuesto predial y arbitrios.

De no hacerlo, se advierte que a falta de sucesores testamentarios o legales, y al no registrarse en el SAT conductas de pago o acercamientos por parte de los sucesores, la Sociedad de Beneficencia de Lima se adjudicará los bienes, en aplicación al artículo 830 del Código Procesal Civil.

De ahí que el SAT de la Municipalidad de Lima invoca a cumplir con sus obligaciones tributarias, para lo cual deben acercarse a las oficinas autorizadas de la entidad recaudadora, cuyas direcciones puede conocer en la página web www.sat.gob.pe. Para mayor información también se pueden contactar al Aló SAT 315-2400, WhatSAT 999431111 o al correo institucional asuservicio@sat.gob.pe.

Competencia sancionadora

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantendrá hasta el 1° de enero de 2020 la competencia de las funciones vinculadas a los procedimientos administrativos sancionadores (PAS), derivados de la aplicación de los reglamentos de transporte público.

Es así que al día siguiente estas competencias serán asumidas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, de acuerdo con la Res. Nº 34-2019-ATY/PE. Por ello, se remitirán más de 12,000 casos judiciales.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Carlos Neuhaus será investigado por presuntos aportes de Odebrecht (Video)

I Encuentro Nacional de Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar

I Encuentro Nacional de Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres