Poder Judicial: Audiencias se programarán desde el 1 de julio

(Foto: El Peruano)
Poder Judicial
(Foto: El Peruano)

A partir del próximo 17 de junio se empezarán a adecuar durante 15 días los ambientes judiciales para garantizar que el retorno a las labores presenciales en el Poder Judicial (PJ) cumpla con las normas, directivas y los protocolos dictados por el Ministerio de Salud (Minsa) y, los criterios aprobados por el Consejo Ejecutivo del PJ.

Así lo dio a conocer el órgano de gobierno de la judicatura mediante un comunicado dirigido a los magistrados, funcionarios, personal administrativo y de apoyo a la función jurisdiccional, litigantes y a la ciudadanía en general, por el cual informa la extensión de la suspensión de las labores del PJ, y de los plazos procesales y administrativos hasta el próximo 30 de junio, en concordancia con el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.

Directrices

Por tanto, indicó que a partir del próximo 1 de julio, los órganos jurisdiccionales deberán programar las audiencias penales y no penales, que deberán iniciar desde el 17 de julio del año en curso, y desarrollarse, preferentemente, de modo remoto y, excepcionalmente, presencial.

En aquellos procesos en que se constate que los plazos de prisión preventiva estén por vencer, los jueces penales o mixtos competentes a cargo de la etapa de juzgamiento, priorizarán la realización de los juicios orales, debiéndose programar las audiencias respectivas de manera inmediata.

Sin embargo, en todos los casos, los jueces deberán observar rigurosamente las garantías del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva.

De esa manera, el Consejo Ejecutivo del PJ asegura que se continuará garantizando el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos indispensables en el período de emergencia nacional bajo los criterios dispuestos en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ y las consiguientes disposiciones dadas, sobre el particular, por las presidencias de todas las cortes superiores de justicia.

Reitera que los jueces y personal auxiliar designados en los órganos jurisdiccionales y administrativos de emergencia, no deben pertenecer a la población vulnerable al covid-19, de acuerdo a los criterios estipulados por el Minsa.

Recuerda a todos quienes conforman el PJ, litigantes y público usuario en general, que todas las decisiones, vinculadas a la labor de la judicatura durante la emergencia sanitaria y al retorno a las labores presenciales en las diferentes sedes judiciales del país, seguirán siendo comunicadas, formalmente y en su oportunidad, por el Consejo Ejecutivo del PJ mediante el sitio web institucional.

Adicionalmente, el órgano de gobierno de la judicatura exhorta, tanto a jueces, funcionarios, como a todo el personal administrativo y de apoyo a la labor jurisdiccional, mantenerse informado mediante los canales de comunicación oficiales (sitio web y correo electrónico institucional) y, en caso de duda, consultar, de manera inmediata, a la instancia correspondiente.

Declaración jurada

El Consejo Ejecutivo del PJ dispuso, además, que los presidentes de corte, la gerencia
general; así como los gerentes y administradores de corte, cumplan las normas contenidas en el “Plan Actualizado para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000147-2020-CE-PJ; sobre todo en lo respectivo a la presentación del 15 al 24 de junio del 2020 de las declaraciones juradas referidas a síntomas de covid-19 y enfermedades preexistentes.

También dispuso que la gerencia general del PJ por medio de las gerencias respectivas, deberán cumplir con efectuar las acciones necesarias para el adecuado reinicio de las labores del PJ.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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