Indecopi impuso el deber de informar la presencia de ingredientes genéticamente modificados (transgénicos) en los alimentos. En efecto, en recientes pronunciamientos, dispuso que se debe comunicar en las etiquetas de los alimentos si es que estos incorporan componentes genéticamente modificados, indicó la Sala Especializada en Protección al Consumidor.
El tribunal, de esa forma, agrega que el artículo 37 del Código de Protección del Consumidor es plenamente exigible, por lo cual los alimentos que incorporen componentes genéticamente modificados deben indicarlo en sus etiquetas.
Así, de acuerdo con esa autoridad, no es necesaria la expedición de un reglamento para la exigibilidad de la referida disposición, razón por la cual los proveedores de alimentos deberán cumplir con informar la condición transgénica de los insumos empleados para elaborar alimentos que expenden en el mercado.
Fuente: El Peruano
Transgénicos Resolución 134-2019 ILN-CPC (Peruweek.pe) by Peruweek.pe on Scribd