Eficacia de los Sistemas de Cumplimiento: COMPLIANCE

Por Dr. MBA Luis Adolfo Meneses Romero
Gerente de Consultoría de Baker Tilly Perú.

Eficacia de los Sistemas de Cumplimiento Compliance en su Aplicación por la vigencia del Reglamento de la Ley 30424, que regula responsabilidad administrativa de las personas jurídicas y la Idoneidad de su Propósito de Defensa.

Compliance proviene del inglés “to comply”, que significa cumplir, que comprende el desarrollo de un sistema que agrupa y controla la ejecución de actividades y procesos que cumplen con las normas legales y procedimientos, ya sean internos como externos a la Empresa o Institución, siendo importante comprender, no sólo el negocio, sino todos los procesos y áreas que estarán bajo la dirección de las normas, es ineficaz imponer reglas genéricas sin antes comprender si éstas tienen coherencia con el negocio y si realmente serán competentes para su propósito.

Conocido también como el Cumplimiento, establece el compromiso y sujeción de la empresa ante la legislación que requiere, estableciendo las políticas nacionales y una cultura organizacional, dotada de los recursos humanos, administrativos, operacionales y financieros necesarios para detectar los riesgos y tomar las medidas preventivas y correctivas., integrando la operativa de la empresa con un enfoque legal, que evite fraudes, delitos, multas, daños a la reputación de la organización y otros riesgos, como el Riesgo legal, Riesgo operacional y Riesgo de imagen o reputación.

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En el tiempo el Compliance, se consolida en un Sistema de Disciplina del Comportamiento y el catalizador de la Responsabilidad Penal de las Personas jurídicas, como una empresa Honesta, cumpliendo, con todas las obligaciones relativas al ámbito regulatoria, civil, mercantil, laboral, medioambiental, penal, entre otras. Respetando los derechos de todos los involucrados (clientes, accionistas, propietarios, trabajadores y el entorno o la Sociedad), Fortalecido en su ejecución ya que la razón principal es para evitar este Riesgo e Impacto, resaltando que el Compliance se introdujo como elemento exonerador de la Responsabilidad, ante la existencia de «modelos de organización y gestión que incluyen medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir los delitos, riesgos laborales, protección de datos, blanqueo de capitales, mercado de valores, etc.

Los principales actores del Compliance son importantes, y en su desarrollo se necesitan profesionales Multidisciplinarios Abogados, Administradores, Economistas, Contadores, Ingenieros, etcétera, que los diseñen e implementen y controlen, sean profesionales Idóneos Multidisciplinarios y con experiencia laboral que dirijan, monitoreen y supervisen (Compliance Officers), y de acuerdo al tamaño, como complejidad de la Empresa contar también con un Gerente de Cumplimiento independiente y ajeno a otras Funciones o Cargo con el propósito de mantener su Independencia y Eficacia, con la participación y convicción de toda la Organización.

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Es relevante tener como lineamiento fundamental de que el Compliance y la Seguridad de su Propósito.es Independientemente de que sea una Empresa que invierte una enorme cantidad de Tiempo, Recursos, Inversión, Publicidad, Reputación y esfuerzo en cumplir con la legislación vigente, cuando en la realidad no es así. Una práctica que muchas compañías toman a la ligera y que quieren hacer de forma rápida de manera superficial. Decisiones que pueden costarles millones si ignoran la totalidad y la complejidad de los requerimientos a los que deben hacer frente.

En cuanto a las Normas Privadas Certificadas de Antisobornos, son una base y compromiso de Implantación de Sistemas de Prevención, pero No es Suficiente, Ni de certeza Eficacia, si es que no existen Condiciones necesarias de Independencia Idoneidad y Honestidad con Profesionales Independientes Multidisciplinarios, de preferencia de una Cultura Externa, con un Soporte Tecnológico idóneo como seguro y con Procesos de Monitoreo y Seguimiento Oportuno en el Compliance o Cumplimiento, si No contienen estás Condiciones Estratégicas Básicas el Compliance se torna en una medalla decorativa y de alto costo que de Nada servirá ante los riesgos legales, económicos y reputacionales para los Directivos, como el riesgo de que la organización pueda ser incriminada penalmente.

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Fuente: bakertilly.pe

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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  1. ¿ No solo reputación y una idónea gestión de riesgos Operacionales, para resguardar su patrimonio, el valor de su reputación e inversiones, sino, que ya es una tendencia condicional para hacer negocios, inversiones, financiamiento y relaciones contractuales, incluídas en las bases de licitaciones, concursos y requisitos sobre si Dispone su empresa de un programa de Cumplimiento normativo?;
    ¿tienen ustedes de Código ético y políticas internas orientadas a la prevención y detección de la corrupción?;
    ¿disponen ustedes Canal de denuncias?;
    ¿han formado ustedes a sus empleados en materia de Cumplimiento?
    Interrogantes ineludibles en su gestión y estrategias necesarias para mantenerse en el mercado de los negocios y oportunidades de alta demanda de servicios con enfoque personalisimo, de mayor calidad e Integridad profesional independiente. 🧭

    Preguntas como las anteriores son cada vez más habituales para participar y resultar adjudicatorio en los procesos de contratación, especialmente en aquellos que se realizan con las administraciones públicas o empresas internacionales y de gran reputación. 🕕🌏🌍🌎❗

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