Comunicado referente al plazo para solicitar nuevos CAS ante SERVIR

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SERVIR

En atención a lo dispuesto en el artículo 9.4 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, se recuerda a las Oficinas de Recursos Humanos de los Pliegos del Poder Ejecutivo y de los Gobiernos Regionales, que el plazo para requerir la opinión previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) respecto de la viabilidad de la dotación de personal bajo régimen del D.Leg N° 1057 (CAS) bajo ese marco, vence el 14 de febrero de 2020.

Al respecto, se debe tomar en cuenta que el artículo 9.4 mencionado hace alusión a la solicitud de opinión previa sólo en caso se requiera la habilitación de recursos adicionales en las específicas de gasto 2.3.2 8. 1 1 «Contrato Administrativo de Servicios», 2.3.2 8. 1 2 «Contribuciones a EsSalud de C.A.S.» y 2.3.2 8. 1 4 «Aguinaldo de C.A.S.». En ese sentido, si la entidad ya contara con el presupuesto necesario para cubrir sus requerimientos de personal CAS adicional para el año fiscal 2020, no será necesario solicitar la opinión previa favorable a SERVIR.

Asimismo, se recuerda que los requerimientos deben realizarse siguiendo las pautas definidas en los «Lineamientos para la planificación de las necesidades de personal bajo régimen regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 en el ámbito del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos», aprobados mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Na 158-2019-SERVIR/PE.

Finalmente, para la atención de consultas adicionales al respecto, por favor comunicarse al (01)206-3370, Anexo 2513.

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    cesar

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