
“La presente ley tiene el objeto de adelantar de manera excepcional las elecciones generales para el año 2023 de presidente, vicepresidente, congresistas y miembros del Parlamento Andino elegidos en las Elecciones Generales de 2021, y someter a referéndum la convocatoria a una Asamblea Constituyente para formular una nueva Constitución Política del Estado”, indica en…

“En relación al segundo proyecto referido a la reforma de la Constitución, esta idea contempla única y exclusivamente cualquier reforma a través de la Comisión de Constitución del futuro Congreso”, expresó.

El pleno del Congreso aprobó hoy por insistencia la autógrafa de ley, observada por el Ejecutivo, para que toda reforma constitucional deba ser aprobada primero por el Legislativo antes de ser sometida a un referéndum.

Por: Jorge Lazarte, Abogado y Consultor de Empresas Cuando Evo Morales llegó al poder en Bolivia, demoró 59 días en convocar a una Asamblea Constituyente. Se quedó 10 años como Presidente y su gobierno generó enorme pobreza y desigualdad en el hermano país del sur.

Con el voto de once representantes de seis bancadas políticas, la Comisión de Constitución del Congreso acordó insistir en el texto de la autógrafa de ley –aprobada por el Pleno el 16 de diciembre pasado– que precisa que toda reforma constitucional debe pasar por el tamiz del Poder Legislativo.

El principal promotor, el abogado Lucas Ghersi llegó a Puno para continuar con la recolección de firmas. sin embargo, tuvo que retirarse tras las agresiones de un grupo de vándalos, bajo la complicidad del serenazgo de la zona.

El Proyecto de Ley N° 644-2021 aprobado con 76 votos a favor y 43 en contra, le corta el paso a la iniciativa de bancadas de izquierda de iniciar un proceso de cambio de Constitución a través de un referéndum que pregunte a los ciudadanos si están de acuerdo o no con convocar a…

“Es natural que desconozca quien no es del partido (Perú Libre), ni estuvo en campaña, pero la Asamblea Constituyente es una promesa y una bandera de lucha, ¡no puede ser una estafa al pueblo!”, escribió en redes sociales.

Por: Carlos Hakansson, Doctor en Derecho (Universidad de Navarra) De las principales características que posee el poder constituyente quiero detenerme en dos: su condición de inapelable y la quiebra jurídica que puede acarrear.

Los congresistas de Perú Libre presentaron ante la Comisión de Constitución una propuesta de ley que tiene el objetivo de modificar el artículo 206 de la Constitución para incorporar la figura de la Asamblea Constituyente, la cual es la encargada de realizar una nueva Carta Magna.