De acuerdo con la Ley N° 29981, que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), esta institución deberá contar con un órgano resolutivo con independencia técnica, denominado Tribunal de Fiscalización Laboral, integrado por tres vocales designados mediante resolución suprema, previa selección, a través de un concurso público de méritos.
Este colegiado deberá ser la última instancia administrativa, en los casos de revisión interpuestos y el encargado de expedir resoluciones que constituyan precedentes de observación obligatoria que interpreten de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación bajo su competencia.
El Peruano