El Ministerio del Ambiente publicó el Reglamento de la Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables (Ley Nº 30884), en el que establece multas de hasta S/ 546,000 por infracciones muy graves, tal como lo había adelantado en el proyecto de reglamento publicado en junio.
En el anexo de dicho reglamento se establecen sanciones pecuniarias en los casos de infracciones que van de leves a muy graves. Las infracciones graves, como entregar gratuitamente bolsas de plástico o cobrar por ellas por debajo del precio del mercado, se sujetan a sanciones de hasta 90 UIT, es decir S/ 378,000.
Las sanciones muy graves, entre las que se encuentran comercializar sorbetes de plástico no contemplados en las excepciones de la ley, están sujetos a la sanción máxima, de 130 UIT o S/ 546,000.
En tanto, las infracciones leves, como ser importador de bolsas de plástico y no brindar información veraz en el registro contemplado en la ley, será sancionado con una multa de hasta 8 UIT (S/ 33,600).
El monto de las multas varía según el tamaño de la empresa. Las microempresas pagan montos menores y a las grandes empresas pueden llegar a aplicárseles las mayores sanciones.
Fuente: Gestión
Reglamento de la Ley N° 30884 (Peruweek.pe) by Peruweek.pe on Scribd