Precisiones sobre la evaluación de las garantías de certeza en la declaración del agraviado (Casación N° 1113-2018 Cusco)

Sumilla:

La contradicción sobre la verosimilitud evidencia falta de coherencia interna en la decisión. Al mismo tiempo no se puede afirmar que concurre y no concurre, dado que ello vulneraría el principio lógico de no contradicción.

Las conclusiones sobre la ausencia de credibilidad subjetiva exigen al juez efectuar un juicio crítico de las razones que las partes exponen durante el debate sobre el posible odio o rencor que entre ellas pudiera existir, y sobre esa base emitir su pronunciamiento, en las que se conceda crédito o se relegue una declaración. No basta remitirse a una expresión de la agraviada para deses limarla, ni alegar cierta rencilla entre las partes para que ipso tacto, se desestime el principal medio de prueba.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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