ONPE: Partidos políticos no podrán recibir aportes de personas condenadas

ONPE

La gerente de Supervisión de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE),Margarita Díaz, recordó a los partidos que están impedimentos de recibir financiamiento de personas naturales condenadas con sentencia consentida o prisión preventiva por delitos contra la administración pública.

En Radio Nacional, indicó que otros delitos contemplados en esta prohibición se encuentran el tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, trata de personas, tala, terrorismo o crimen organizado. La prohibición se extiende hasta diez años de cumplida la condena.

“Hay que recordarles a los partidos políticos, candidatos y candidatas, que se alistan a participar en las próximas elecciones generales, que están impedidos de recibir financiamiento de personas naturales condenadas con sentencia consentida, o con mandato de prisión preventiva vigente, por delitos contra la administración pública”, refirió.

La funcionaria recordó que lo primero que se debe tener en cuenta, respecto a los ingresos y gastos de campaña, es que todo tiene que ser registrado y que todas las fuentes de financiamiento tienen que ser conocidas y no existen aportes anónimos.

“Si se detecta este tipo de financiamiento (anónimo),se presume que provienen de fuente prohibida”, manifestó.

En otro momento, la funcionaria puntualizó que los partidos políticos tampoco pueden recibir aportes de entidades de derecho público o empresas de propiedad del Estado o con participación de este.

“Tampoco pueden recibir aportes de confesiones religiosas de cualquier denominación, de personas jurídicas con o sin fines de lucro nacionales o extranjeras, excepto cuando los aportes son para formación o capacitación”, explicó.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

trabajadores del hogar

Proyecto del reglamento de la Ley N° 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar (Resolución Ministerial N° 293-2020-TR)

circulación de vehículos durante la cuarentena

Vehículos particulares no circularán el 24, 25, 31 de diciembre y el 1 de enero