Aprueban el “Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi”
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 180-2019-INDECOPI/COD
Lima, 29 de noviembre de 2019
VISTOS:
El Informe Nº 025-2019/GAF-Sgf, el Memorándum Nº 615-2019/GAF, el Informe Nº 840-2019/GEL, el Informe Nº 101-2019/GEG, el Informe Nº 879-2019/GEL; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal f) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, establece como función del Consejo Directivo planificar y aprobar las políticas institucionales en las materias de competencia del INDECOPI, así como en los asuntos de administración interna;
Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, establece que el Consejo Directivo es el órgano de máxima jerarquía institucional y tiene a su cargo la dirección y supervisión de las actividades de la institución;
Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 093-2015- INDECOPI/COD, se aprobó el Reglamento del Beneficio de Fraccionamiento de pago de las multas impuestas por los órganos resolutivos del INDECOPI;
Que, mediante el Informe Nº 025-2019/GAF-Sgf, la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad propone la aprobación del nuevo “Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi”, el cual cuenta con la conformidad y opinión de viabilidad legal dadas por la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia Legal, respectivamente;
Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 089-2019, del 25 de noviembre del 2019, ha aprobado el “Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi”, encomendando a la Presidencia del Consejo Directivo la emisión de la resolución correspondiente;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia Legal, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad; y,
De conformidad con lo dispuesto en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias; y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales a) y h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el “Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi”, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Derogar la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 093-2015-INDECOPI/COD, que aprobó el Reglamento del Beneficio de Fraccionamiento de pago de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi.
Artículo 3º.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y el reglamento aprobado, en el Portal Institucional del Indecopi (www.indecopi.gob.pe) y en la intranet de la Institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IVO GAGLIUFFI PIERCECHI
Presidente del Consejo Directivo