El Poder Judicial dispuso medidas para reducir el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios y, en especial, en los centros juveniles, como parte del estado de emergencia nacional.
Así, autorizó que durante este período los jueces especializados de familia y/o mixtos competentes puedan tramitar los casos de internamiento preventivo, variación de medida socioeducativa de internación y beneficio de semilibertad para menores infractores.
Por lo tanto, tramitarán de oficio o a pedido de parte, previa audiencia virtual y con el informe favorable del equipo técnico interdisciplinario del centro juvenil, la variación de la medida socioeducativa de internación por libertad restringida. Para ello, el informe que emita podrá ser oralizado en la respectiva audiencia mediante una videoconferencia.
Fuente: El Peruano