Aplicación de la oralidad en procesos civiles ofrece garantías constitucionales

Aplicación de la oralidad en procesos civiles ofrece garantías constitucionales

El catedrático español Lorenzo Mateo Bujosa Vadell sostuvo que la implementación de la oralidad civil ofrece un avance en las garantías constitucionales frente al proceso tradicional, además de otorgar una serie de beneficios al país.

Bujosa Vadell, quien es profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Salamanca (España) remarcó que la oralidad es una herramienta que brinda un proceso concentrado, el cual ofrece todas las garantías constitucionales y reduce los actos procesales en una sola audiencia.

Así lo sostuvo al abordar el tema “Oralidad Civil, Inmediación y el Proceso Electrónico” en el programa “Oralidad en los procesos civiles”, que conduce el juez supremo Héctor Lama More, a través de Justicia TV, emitido todos los martes a las 20:30 horas.

El especialista señaló, también, que la reforma o implantación de la oralidad significa una esperanza para terminar con las dilaciones o demoras que están generalizadas en varios países, herramienta procesal sirve para agilizar los procesos”.

Precisó, en tal sentido, que al mantener las garantías constitucionales durante el proceso estas otorgan satisfacción a las partes al brindar una pronta resolución de sus conflictos.

“Esto tiene repercusión social inmediata, económica e internacional para llamar a los inversores al Perú, beneficiando a todo el país”, anotó.

Al referirse al principio de inmediación, el jurista español sostuvo que cuando los jueces aplican la oralidad sanean el proceso, fijan los hechos o puntos controvertidos pero “no en sus oficinas sino con las puertas abiertas de estas a las partes”, lo cual garantiza la exigencia constitucional de publicidad.

Agregó que la inmediación es un elemento central de la oralidad y su trascendencia es que en las actuaciones orales los actos que no sean realizados bajo este esquema serán nulos de pleno derecho.

AUDIENCIAS VIRTUALES Y EJE

El catedrático español también sostuvo que la virtualidad de las audiencias facilitan en muchos casos las cosas aunque advirtió tener cuidado con los problemas que puedan presentarse como, por ejemplo, en la identificación o en el testimonio de los testigos.

Refirió, finalmente, que en España el uso del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en esta materia es desde el 2015, aprovechando una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En ese contexto, sostuvo que dictaminaron la obligatoriedad de la presentación de los escritos a través de la sede judicial electrónica. “Fue un cambio radical pero no ha habido grandes quejas”, anotó.

Agregó, finalmente, que el EJE es aplicado en todos los órganos jurisdiccionales de España, lo que todavía no ocurre en el Perú, pues no tiene mandato de Ley, sino que los abogados se han alineado con el uso de la tecnología durante la pandemia por covid-19”, resaltó.

Este programa será repetido el domingo 01 de noviembre a las 08:30 horas y en su próxima edición, del martes 03 de noviembre, contará con la presencia del coach internacional Pedro David García Martínez, quien tratará el tema “Gestión del Cambio para la Aplicación de la Oralidad en los Procesos Civiles”.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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