
En algunas circunstancias es recomendable asumir el régimen de separación de bienes en los matrimonios, sobre todo cuando ya existe un patrimonio que está creciendo, para proteger a los mismos contrayentes y la familia, sostuvo el vicedecano del Colegio de Notarios de Lima (CNL), César Torres Krüger.

Sumilla: Tratándose de un bien social no puede procederse con la división y partición sin que previamente se haya liquidado la sociedad de gananciales.

Por Miguel Cavero Velaochaga Director de INMOBILEX Se denomina ‘sociedad de gananciales’ al régimen patrimonial común en el que la administración y los actos de disposición requieren la intervención de ambos cónyuges. Son elementos del mismo: (i) una masa común y (ii) su división a la disolución del régimen. Es posible la coexistencia de…