
A tres años de pena privativa de la libertad, suspendida por dos años, fue sentenciada Karina Benigno Rojas por el delito de violencia y resistencia a la autoridad, en agravio de la alférez PNP Lucero Machaca Obando, por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior del Santa.

(Jurisprudencia | Proceso inmediato). La celeridad e impulso del proceso para su conclusión inmediata no amerita que se deba excluir de defensor al procesado, en tanto garantía de un debido proceso, pues la indefensión afecta derechos fundamentales.