
Los fondos del Sistema Privado de Pensiones (SPP) son intangibles frente a intervenciones arbitrarias del Estado, por constituir patrimonio de los afiliados protegidos por la garantía de inviolabilidad del derecho de propiedad, consagrada en el artículo 70 de la Constitución y en la garantía del ahorro declarada en el artículo 87 de la norma…