Personas naturales recibirían hasta S/ 3,735 como devolución de Impuesto a la Renta 2018

Dicho beneficio es para trabajadores que hicieron deducción adicional de 3 UIT

Las personas naturales que percibieron ingresos de quinta categoría (trabajadores en planilla) durante el 2018 podrían obtener una devolución del Impuesto a la Renta (IR) que variaría entre los 476 soles y 3,735 soles, si lograron una deducción adicional de hasta 3 UIT (12,450 soles), explicó hoy la socia de la consultora PxC, Lourdes Chau.

Cabe indicar que si un trabajador en planilla tiene ingresos anuales por más de 7 UIT (29,050 soles, según valor del 2018), al monto sobrante se le aplica una tasa del Impuesto a la Renta, diferenciada por tramos, para determinar cuánto debe pagar.

De esta manera, si el monto sobrante de las 7 UIT se ubica hasta en 5 UIT (20,750 soles) se aplicará una tasa de 8% sobre este monto y el resultado será el impuesto a pagar.

Mientras que para el tramo que va desde más de 5 UIT hasta 20 UIT, la tasa del Impuesto a la Renta será de 14%, y para el tramo de más de 20 UIT y hasta 35 UIT la tasa será de 17%.

En tanto que para el tramo de más de 35 UIT y hasta 45 UIT la tasa será de 20%, y para el tramo superior a las 45 UIT la tasa será de 30%.

“Para determinar el monto de la devolución se tiene que hacer un análisis individual de cuánto es lo que cada persona tiene para deducir como gasto en el ejercicio 2018, y obviamente lo que haya sido sustentado en el comprobante de pago correspondiente”, dijo Lourdes Chau.

“La devolución dependerá de la tasa impositiva de cada persona, porque nuestro Impuesto a la Renta para las personas naturales está estructurado en escalas, que van desde el 8% hasta el 30%. Entonces, si la persona pagaba la tasa más alta (30%) podría obtener una devolución de hasta 3,735 soles”, agregó.

La especialista sostuvo que para el caso de una persona que paga en la escala más baja (8%) el monto de devolución podría variar entre 476 soles y 996 soles.

“Es importante aclarar que una persona que no logra ingresos superiores a 7 UIT al año no paga Impuesto a la Renta, de manera que por más que tenga gastos deducibles, no puede obtener una devolución”, indicó.

Fuente: Andina

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
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