Los conductores y pasajeros de motocicletas deberán usar cascos de seguridad y chalecos distintivos que lleven impreso el número de placa del vehículo menor en el que viajan, según norma publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Decreto Supremo 022-2019-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1216 y que busca fortalecer el trabajo de la policía en la fiscalización del tránsito y en el fortalecimiento de lucha contra la inseguridad ciudadana, fija multas de hasta 336 soles para quienes infrinjan esta disposición.
La norma indica que, en un plazo de 90 días, contados a partir de hoy, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en el Transporte Multimodal (DGPRTM), emitirá una resolución con las especificaciones técnicas para el uso de cascos y chalecos.
La disposición precisa, además, que las sanciones, así como la retención de la motocicleta, serán impuestas a partir de los 180 días hábiles contados desde el día siguiente de publicada la Resolución Directoral de la DGPRTM.
La vigencia de la mencionada normativa estará acompañada de un plan de sensibilización para el uso de cascos de seguridad y chalecos distintivos, a cargo del MTC y la Policía Nacional del Perú (PNP).
El Decreto Supremo está refrendado por el presidente de la República, Martín Vizcarra, así como por los ministros del Interior, Carlos Morán; de Salud, Zulema Tomás y de Transportes y Comunicaciones, María Jara.
Fuente: Andina
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