La conciliación frente al litigio: Derechos de asegurados

Roberto Rolando Burneo Bermejo

Por: Roberto Rolando Burneo Bermejo (Director general de la Oficina de Asesoría Jurídica de la ONP)

La ONP antepone una nueva estrategia legal a favor del asegurado, a fin de reducir los procesos judiciales con una visión más humana y no simplemente jurídica.

Primero, la persona. Nuestra Constitución establece que la defensa de la persona humana y el respecto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Asimismo, el Tribunal Constitucional (TC) ha señalado que el Estado Peruano se erige como uno social y democrático de derecho. Nuestro marco normativo constitucional reconoce el derecho fundamental a la pensión, que busca asegurar que las personas puedan llevar una vida en condiciones de dignidad e igualdad. Con esas líneas inspiradoras, se busca dar una visión humana a la gestión de procesos judiciales en la ONP.

Cambio de paradigmas. Actualmente, en la ONP priorizamos la conciliación frente al litigio en temas previsionales. A diario revisamos caso por caso a fin de reducir la carga de procesos judiciales innecesarios; considerando los aspectos técnicos, jurídicos, pero privilegiando, sobre todo, el aspecto humano que tiene cada caso concreto.

Apostamos por un ambicioso plan de descarga procesal, profundizando en el análisis de la contingencia procesal desde el inicio de la demanda, que nos permita concluir anticipadamente aquellos procesos judiciales en materia previsional que sea inoficioso continuar. Hasta antes de esta política, la ONP se sentía obligada a seguir litigando todos sus procesos judiciales.

Evitar el litigio. Una de nuestras prioridades durante el período de la emergencia sanitaria por el covid-19 fue cumplir con la mayor agilidad posible lo ordenado por los diversos tribunales de justicia en procesos de materia previsional, destinando para el pago de devengados e intereses la suma de 32 millones de soles a favor de las pensionistas. Es que, a la fecha, la ONP ha cumplido con el 97% de las sentencias emitidas por el Poder Judicial.

Estos esfuerzos se enmarcan en toda una estrategia de desjudicialización, que incluye observar los criterios dispuestos en la Ley N° 30927 y que faculta a la ONP a conciliar, desistirse, transigir o allanarse en los procesos judiciales en materia previsional del régimen pensionario del Decreto Ley 19990. Asimismo, se cumplen los criterios establecidos por las instancias judiciales y por el Tribunal Constitucional, y aquellos que viene desarrollando el Tribunal Administrativo Previsional de la ONP. Esto permite interpretar las normas a favor de los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones, lo que evita con ello procesos judiciales.

En efecto, la ONP se puede allanar en casos cuya demanda tenga como controversia la acreditación de aportes utilizando los criterios previstos en la Ley N° 29711 y su reglamento; aligerar la rigidez en el análisis de la documentación para obtener una pensión; reconocer, en los casos de desafiliación de las AFP a la ONP, como fecha de inicio de pensión el momento en que cumplieron los requisitos legales, y no la fecha en que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió la resolución de desafiliación; reconocer los aportes efectivos para el cálculo de la pensión cuantificando los meses efectivamente trabajados, lo que permite conseguir una mejor pensión, entre otros criterios.

Asimismo, no dudamos en integrar en esta nueva estrategia a todos los actores involucrados para conseguir esa paz social en materia previsional y evitar que el ciudadano afiliado al sistema vea frustrado o dilatado sus legítimos derechos.

Las cifras son alentadoras. Durante junio de este año se registraron 55,504 procesos abiertos ante el Poder Judicial, esta cifra significa una reducción en 52% de los procesos que se tenía en el 2014. De ese total, la judicatura deberá archivar 26,883 procesos al haberse cumplido la ejecución de las sentencias emitidas.

Es preciso resaltar que, como parte del proceso de desjudicialización que viene desarrollándose a la fecha, se han destinado más de 300 millones de soles que han favorecido a 16,806 pensionistas. Asimismo, restan cerca de 24,000 procesos sin sentencia firme y deseamos reducir de forma dinámica esa cifra para favorecer al administrado.

Los tiempos actuales de pandemia nos llaman a ser más creativos en los esfuerzos en pro de los asegurados, preocupación que debe estar siempre en la agenda del Estado, lo que reafirma nuestro compromiso permanente de atender de manera eficiente, célere y oportuna las aspiraciones de nuestros ciudadanos afiliados.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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