Indemnización por despido arbitrario

despido

ENFOQUE LABORAL
Germán Serkovic. Abogado Laboralista

La indemnización por despido arbitrario se calcula de modo disímil de acuerdo con el plazo estipulado en el contrato de trabajo. En caso de contratos a plazo indefinido, con base en un sueldo y medio por año de servicios, mientras que en las relaciones de trabajo a plazo fijo equivale a un sueldo y medio por mes dejado de laborar hasta su vencimiento. Se aplica siempre el tope de las 12 remuneraciones.

En el supuesto de dos trabajadores con una remuneración de 2,000 nuevos soles y cesados arbitrariamente al cumplir el primer año de servicios, contratados uno a plazo indeterminado y el otro a plazo fijo por dos años, tendríamos el siguiente cálculo de su indemnización. El contratado a plazo indeterminado percibiría un monto indemnizatorio equivalente a un sueldo y medio, esto es, 3,000 nuevos soles. El trabajador cuyo contrato se pactó a plazo, recibiría como indemnización por despido la suma de 24,000 nuevos soles.

La modalidad del cálculo produce estos resultados tan dispares, pese a que el tiempo laborado es exactamente el mismo. En los contratos a plazo indefinido,

La indemnización aumenta en la medida en que el trabajador tiene mayor antigüedad, no así en los contratos a plazo fijo, en que la indemnización es mayor cuanto más tiempo falte hasta la fecha pactada de su terminación. No parece existir mucha equidad en el asunto.

En los contratos a plazo fijo, la indemnización asume el criterio del lucro cesante, a saber, lo que el trabajador dejaría de ganar a causa del despido, que es una suma fácilmente determinable. En los contratos a plazo indeterminado hay también un lucro cesante, pero este no es tomado en cuenta por las normas dada la complicación de su mensura que obligaría al juzgador a un estudio detallado del caso concreto.

En realidad, en los dos supuestos de despido, el único hecho común y objetivo es el tiempo de servicios de ambos trabajadores, por lo que podría evaluarse –pese al grito en el cielo de los puristas– unificar el cálculo de la indemnización en atención a este criterio.

 

El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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