Los fiscales de prevención del delito podrán iniciar un procedimiento preventivo al advertir la necesidad de intervenir para evitar posibles conductas delictivas o ante hechos de repercusión social, de acuerdo con el nuevo reglamento que regula su accionar.
Así lo afirmó el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez Velarde, al explicar los alcances del nuevo reglamento de organización y funciones de las fiscalías de prevención del delito, aprobado acorde a la lucha contra las nuevas formas de la criminalidad y del nuevo Código Procesal Penal. Este reemplaza al anterior que estaba vigente desde 1999.
Según esta norma, durante el proceso preventivo los fiscales podrán realizar operativos y solicitar informes a entidades públicas o privadas; asimismo, intervenir junto a la policía o institución pertinente, a fin de evitar un delito.
Igualmente podrán promover y desarrollar campañas de difusión orientadas a sensibilizar a la sociedad respecto a las nuevas modalidades de criminalidad.
Fuente: El Peruano