El Ministerio de Energía y Minas, mediante Resolución Ministerial No. 147-2020-MINEM/DM publicada el día de hoy, ha aprobado exceptuar de la suspensión del cómputo de plazos a los siguientes procedimientos a su cargo:
1. Procedimientos ante la Dirección General de Minería
- Otorgamiento y modificación de concesión de beneficio
- Autorización para inicio/reinicio de las actividades de exploración, desarrollo, preparación, explotación (incluye plan de minado y botaderos) en concesiones mineras metálicas/no metálicas y modificatorias
2. Procedimientos ante la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
- Evaluación del Plan de Cierre de Minas y de Pasivos Ambientales (Gran y mediana minería)
- Modificación/actualización de Plan de Cierre de Minas o Plan de Pasivos Ambientales Mineros (Gran y mediana minería)* No se incluye en estos procedimientos los referidos a pasivos ambientales mineros
- Evaluación del Plan Ambiental Detallado.
Cabe precisar que los referidos procedimientos se tramitarán siempre que el administrado lo autorice o hubiera autorizado la notificación electrónica, o se cuente con su consentimiento expreso. Su tramitación se realizará a través de la Mesa de Partes Virtual, y las notificaciones electrónicas se efectuarán a través de la plataforma SIGED del MINEM.
El cómputo de plazos de inicio y tramitación se reanudará a partir del miércoles 3 de junio de 2020.
Para mayor información por favor contacte a Xennia Forno (xforno@rubio.pe); Diego Grisolle (dgrisolle@rubio.pe); Miguel Angel Soto (msoto@rubio.pe) y/o Nancy Ogata (nogata@rubio.pe)
Fuente: Estudio Rubio Leguía & Normand
Resolución Ministerial N° 147-2020-MINEM-DM