
Por Daniel Flores Abogado. Asociado de DLA Piper Perú. Experto en asesoría corporativa en general. A poco más de cuatro años de la entrada en vigencia integral de la Ley de protección de datos personales y su Reglamento (la “Normativa”), resulta pertinente hacer un balance general y señalar algunos aspectos relevantes sobre el impacto…

La Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales (LPDP), establece como uno de los principios rectores de la protección de datos personales el principio de consentimiento, que consiste, de acuerdo al artículo 5 de la misma, en que “para el tratamiento de los datos personales debe mediar el consentimiento del titular”.

Las sanciones impuestas a las empresas por incumplir las normas de protección de datos personales cada vez se centran en factores más complejos, como el no haber inscrito el flujo transfronterizo, que es cuando la información sale del país o no establecer privilegios de usuarios, entre otros.