
Claudia Chong (Socia del Área Financiera y Corporativa del Estudio Rubio Leguia Normand) Sheerley Cárdenas (Asociada del Estudio Rubio Leguia Normand) La Junta General de Accionistas de una sociedad debe reunirse obligatoriamente, cuando menos, una vez al año hasta el 31 de marzo; no obstante, el Estado de Emergencia ha dispuesto la inmoviliación social…

Por: Mauricio Olaya. Como es de conocimiento, la Ley General de Sociedades establece que la junta obligatoria anual (JOA) deberá celebrarse dentro de los tres primeros meses del año; es decir, conceptualmente, a más tardar a finales de marzo ya deberían haberse realizado todas las referidas JOA de las empresas peruanas.