
Por: Joshimar de la Cruz Aroni, Asociado Senior del Estudio Santivañez Antúnez & Abogados. A propósito de la vulneración al derecho de defensa y la cosa juzgada en su sentencia 533/2020.

(Jurisprudencia | Proceso inmediato). La celeridad e impulso del proceso para su conclusión inmediata no amerita que se deba excluir de defensor al procesado, en tanto garantía de un debido proceso, pues la indefensión afecta derechos fundamentales.