
Al respecto, cabe indicar que la institución de la cosa juzgada ha sido incorporada en la Constitución como una garantía específica integrada a la garantía genérica de tutela jurisdiccional y, en consecuencia, del ne bis in idem (no dos veces sobre lo mismo) –efecto o función negativa de la cosa juzgada–.

Por: Joshimar de la Cruz Aroni, Asociado Senior del Estudio Santivañez Antúnez & Abogados. A propósito de la vulneración al derecho de defensa y la cosa juzgada en su sentencia 533/2020.