
Por: César López Saldaña, profesor de Derecho Corporativo en la Universidad ESAN De manera excepcional, las personas naturales domiciliadas en el Perú pueden perder esta condición de forma inmediata, vale decir, durante el ejercicio, si se verifican ciertas circunstancias que a continuación se detallan y que deben considerarse para evitar las contingencias y los…